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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (12/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 12 de noviembre de 2021 El Peruano / Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma de Elecciones para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, periodo 2021-2023; conforme al siguiente cuadro: Nº ACTIVIDAD FECHA 1 DIFUSIÓN DEL PROCESO ELECTORALDel 12 al 15 de noviembre 2021 2INSCRIPCIÓN DE ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y DE SUS DELEGADOSDel 15 al 18 de noviembre 2021 3NOTIFICACIÓN DE ADMISIBILIDAD DE INSCRIPCIONES Del 16 al 19 de noviembre 2021 4 SUBSANACIÓN DE INSCRIPCIÓN Del 18 al 23 de noviembre 2021 5PUBLICACIÓN DE LISTADO DE DELEGADOS INSCRITOS 24 de noviembre 2021 6IMPUGNACIÓN DE INSCRIPCIONES DE DELEGADOS 25 y 26 de noviembre 2021 7 RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIONES27 de noviembre 2021 8PUBLICACIÓN DEL PADRÓN DEFINITIVO DE DELEGADOS Y DE CANDIDATOS.29 de noviembre 2021 9ELECCIÓN, PROCLAMACIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS.30 de noviembre 2021 LUGAR Y HORA DEL ACTO ELECTORALPalacio Municipal, Km 4.5 Av. Tupac Amaru S/N, Distrito de Independencia 30 de noviembre de 2021, De 08:00 a 16:00 horas Artículo Tercero.- PRECISAR que el Comité Electoral encargado de conducir el proceso de elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, periodo 2021-2023, se encuentra integrado por: • Sr. Juan Francisco Neira Condori - Gerente de Gestión Ambiental (e), en calidad de Presidente. • Abog. Jenith Leida Romero Palomino, Gerente de Asesoría Jurídica, en calidad de Secretaria. • Lic. Hans Marcos Paz Perez, Subgerente de Participación Vecinal, en calidad de Vocal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y al Comité Electoral, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de la Municipalidad de Independencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.YURI JOSE PANDO FERNANDEZ Alcalde 2010352-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Designan funcionario responsable de brindar la información solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 388-2021-MPL Pueblo Libre, 3 de noviembre del 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas, y, su artículo 43 establece que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2019- JUS se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo artículo 8 establece que las entidades de la Administración Pública obligadas a brindar información en virtud de dicha Ley, deben identificar al funcionario responsable de entregar la referida información; Que, mediante Ordenanza N° 527-MPL publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de marzo de 2019, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Pueblo Libre, cuyo artículo 53 establece como una de las funciones de la Secretaría General atender las solicitudes de acceso a la información institucional en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, función que ejerce el Secretario General designado mediante Resolución de Alcaldía N° 276-2021-MPL del 10 de agosto de 2021, señor Mario Angel Salazar Paz; Que, conforme a los artículos 7 y 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, siempre que existiera en la fecha a la que se retrotraiga su eficacia el supuesto de hecho justificativo para su adopción, precisándose que el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna; EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20 Y EL ARTICULO 43 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, Y, CONFORME A LOS ARTÍCULOS 7 Y 17 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY N° 27444 - LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al señor MARIO ANGEL SALAZAR PAZ, Secretario General de la Municipalidad de Pueblo Libre, como funcionario responsable de brindar la información solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; con e fi cacia anticipada al 10 de agosto de 2021. Artículo Segundo.- Disponer que los funcionarios y servidores municipales brinden la información que le sea requerida por el funcionario responsable, a fi n de que este pueda cumplir con sus funciones en los plazos previstos en la Ley, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto lo dispuesto en el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 252-2020-MPL. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Secretaría General el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, dentro del ámbito de sus competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 2010012-1