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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (13/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Sábado 13 de noviembre de 2021 El Peruano / viajes al exterior del país, que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.”. Asimismo, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en su artículo primero establece que los viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad.” Siendo que la más alta autoridad de esta entidad es el Concejo Municipal. Asimismo, el artículo 2º de dicha ley, prescribe que se deberá sustentar el interés nacional o institucional, el cual fue sustentado en sesión de concejo; Que, mediante Informe Legal Nº 445-2021-MPI/A- GM-OAJ, de fecha de recepción 11 de octubre de 2021, la Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, Abogada Lizbeth Angélica Rivera Escudero, concluye que es viable someter a consideración del Pleno del Concejo Municipal la autorización para el Viaje al Exterior del Alcalde para la “Pasantía Internacional sobre programas y proyectos de Seguridad Ciudadana, Recuperación de espacios públicos, sistemas de transporte y viabilidad, Programas medio ambientales, economía del conocimiento y estructuración de ciudades inteligentes” desde el 08 al 14 de noviembre de 2021, con el objeto de compartir e intercambiar conocimientos y experiencias acerca de diferentes temas relativos al rubro turístico en representación y bene fi cio de la Municipalidad Provincial de Islay, de conformidad con el numeral 11 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y debatido en sesión ordinaria de concejo, con dispensa de lectura y de aprobación del acta, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Islay por MAYORÍA: ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR; el Viaje al Exterior del Alcalde Provincial de Islay, Señor Edgar Rivera Cervera, para participar en la “Pasantía Internacional sobre programas y proyectos de Seguridad Ciudadana, Recuperación de espacios públicos, sistemas de transporte y viabilidad, Programas medio ambientales, economía del conocimiento y estructuración de ciudades inteligentes” desde el 08 al 14 de noviembre de 2021, con el objeto de compartir e intercambiar conocimientos y experiencias acerca de diferentes temas relativos al rubro turístico en representación y bene fi cio de la Municipalidad Provincial de Islay, de conformidad con el numeral 11 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Artículo Segundo.- ENCARGAR; a partir del 08 de noviembre al 14 de noviembre de 2011, el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde de la Municipalidad Provincial de Islay, Jorge Elías Gutiérrez Bedregal. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a Secretaría General la publicación del presente acuerdo en el diario encargado de las publicaciones judiciales de esta jurisdicción. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.EDGAR AUGUSTO RIVERA CERVERA Alcalde 2010754-1 Autorizan viaje de servidores públicos a Colombia, para participar en pasantía internacional RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 275-2021-MPI Mollendo, 29 de octubre de 2021 VISTO:El Acuerdo Municipal Nº 049-2021-MPI, de fecha 19 de octubre de 2021, el Informe Legal Nº 465-2021-MPI/A-GM-OAJ, de fecha de recepción 29 de octubre de 2021, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 126-2021-MPI/A, de fecha 29 de octubre de 2021, del despacho de Alcaldía; y;CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la constitución política, modi fi cado mediante Ley 28607 (ley de reforma constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del título preliminar de la ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972; establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, Ley Nº 31084, establece en su artículo 11º, sobre las “Medidas en materia de bienes y servicios”, lo siguiente: 11.1 “Durante el Año Fiscal 2021, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. 11.2 Establézcase que el monto máximo por concepto de honorarios mensuales es el tope de ingresos señalado en el artículo 2 del Decreto de Urgencia 038-2006 para la contratación por locación de servicios que se celebre con personas naturales, de manera directa o indirecta, y para la contratación bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, regulado por el Decreto Legislativo 1057 y modi fi catorias. Dicho monto máximo no es aplicable para la contratación de abogados y peritos independientes para la defensa del Estado en el exterior, así como para el personal contratado en el marco de la Ley 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, y sus normas complementarias.” Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece en su artículo 1º, tercer párrafo: “Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades Públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República, se autorizarán mediante Resolución de las más alta autoridad de la respectiva Entidad” (Subrayado es nuestro) Que, mediante Acuerdo Municipal Nº 049-2021-MPI, de fecha 19 de octubre de 2021, se acordó: “AUTORIZAR; el Viaje al Exterior del Alcalde Provincial de Islay, Señor Edgar Rivera Cervera, para participar en la “Pasantía Internacional sobre programas y proyectos de Seguridad Ciudadana, Recuperación de espacios públicos, sistemas de transporte y viabilidad, Programas medio ambientales, economía del conocimiento y estructuración de ciudades inteligentes” desde el 08 al 14 de noviembre de 2021, con el objeto de compartir e intercambiar conocimientos y experiencias acerca de diferentes temas relativos al rubro turístico en representación y bene fi cio de la Municipalidad Provincial de Islay, de conformidad con el numeral 11 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, en atención a la participación del Alcalde y una comitiva de dos servidores civiles en la “Pasantía Internacional sobre programas y proyectos de Seguridad Ciudadana, Recuperación de espacios públicos, sistemas de transporte y viabilidad, Programas medio ambientales, economía del conocimiento y estructuración de ciudades inteligentes”, según lo señalado en el Plan de Trabajo remitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, se indica que la autorización de viaje de los servidores que acompañarán al Alcalde, deberá realizarse mediante resolución de la más alta autoridad de la Municipalidad