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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (20/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Sábado 20 de noviembre de 2021 El Peruano / - Cuatro (4) Departamentos de Supervisión Microfinanciera: A, B, C y D - Superintendencia Adjunta de Seguros - Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia de Seguros − Intendencia General de Supervisión de Instituciones de Seguros - Dos (2) Departamentos de Supervisión de Seguros: A y B - Departamento de Supervisión de Intermediarios y Auxiliares - Departamento de Supervisión de AFOCAT - Departamento de Supervisión Actuarial- Departamento de Supervisión de Inversiones de Seguros - Departamento de Supervisión de Reaseguros - Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales - Departamento de Supervisión de Pensiones y Beneficios - Departamento de Inversiones de Fondos Privados de Pensiones - Unidad de Inteligencia Financiera del Perú- Coordinación General - Departamento de Análisis Operativo- Departamento de Análisis Estratégico- Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación- Departamento de Evaluación e Integridad- Departamento de Supervisión - Superintendencia Adjunta de Cooperativas- Tres (3) Departamentos de Supervisión de Cooperativas: A, B y C - Departamento de Registro de Cooperativas y Acciones Correctivas - Departamento de Supervisión de Integridad Financiera en Cooperativas Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de comunicado REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con firma registrada ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe. 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Oficio firmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El oficio y dispositivo legal podrán ser firmados digitalmente. Si no se cuenta con firma digital, debe consignarse sello y firma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya gráficos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES