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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (20/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Sábado 20 de noviembre de 2021 El Peruano / a) Procedimiento normativo; que comprende el debate y aprobación de Acuerdos de Consejo y Ordenanzas Regionales y de reforma del presente Reglamento. Que, de acuerdo al Artículo 60°, del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, los dictámenes son los documentos que contienen exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional, que son sometidas a conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones de aprobación de la proposición en sus términos. Que, el inciso a) y b) del Artículo 61° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que: Las funciones en materia de Defensa Civil, son: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. Y b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil (…). Que, el Artículo 9° del Decreto Supremo N° 011-2014- IN, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, señala lo siguiente : “El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), constituye la autoridad técnica normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas, además es responsable de su correcto funcionamiento”. Que, así mismo, el inciso a) del artículo 17° de este mismo cuerpo normativo, establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC); aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2021. Este término ha sido variado por el de Validar, con la Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN, se aprueba la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC, la cual señala cuales son los “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana. En consecuencia, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Ica-2021, fue Validada en Sesión Extraordinaria del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Ica de fecha 12 de Enero del 2021, conforme al Acta de la fecha que se adjunta al presente, y por otro lado el inciso e) del Artículo 19° del mismo Texto Legal, precisa las funciones de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana como es: “Presentar al Consejo Regional el Plan Regional de Seguridad Ciudadana, VALIDADO por el CORESEC, para su APROBACIÓN mediante Ordenanza Regional”, concordante con lo prescrito en el tercer párrafo del Artículo 47° de esta norma. Que, mediante la Resolución Ministerial N° 2056- 2019-IN, se aprueba la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC, la cual señala cuales son los “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana”. Que, con Oficio Nº 000188-2021/IN/VSP/DGSC. de fecha 09 de Febrero del 2021, el Sr. Enrique Castro Vargas, Director General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, remite al Presidente del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Ica, el Informe Técnico Nº 000004-2021-DGSC-DDEPSC-ETPP-JVT de fecha 26ENE2021, con el resultado de la revisión del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Ica 2021, y al encontrarse alineado al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, ha sido declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACION a nivel de la Región Ica, con el objetivo principal de desarrollar esfuerzos necesarios para lograr el restablecimiento de la seguridad ciudadana en el ámbito jurisdiccional. Que, con fecha 04 de agosto del 2021, el responsable de la Secretaría Técnica del CORESEC, Ing. Cesar Guillén Vásquez, remite al Presidente del Comité, INFORME TECNICO Nº 001-2021-CORESEC-ICA-ST., mediante el cual solicita, con los argumentos allí expuestos, que el presente expediente sea cursado al Consejo Regional para la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Ica-2021, previo Informe Legal de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, para su APROBACION, de conformidad a lo establecido en la Directiva Nº 009-2019-IN del 20DIC2019. Que, con Informe Legal N° 053-2021-GRAJ, de fecha 26 de abril de 2021, evacuado por la Gerencia Regional de Asesoría jurídica del GORE ICA, concluye que resulta viable la APROBACION del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Ica-2021, el mismo que en concordancia con el Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN, éste debe ser aprobado por el Consejo Regional, conforme a sus atribuciones. Que, estando a lo dispuesto y aprobado en Sesión Ordinaria de la fecha, contando con el Dictamen de Ley, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa y aprobación del acta de la fecha. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: “ORDENANzA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2021 DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA” Artículo Primero.- APROBAR el “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021”, el mismo que como Anexo 01, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, elaborado y Validado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Ica, con fecha 12 de enero del 2021 y elaborado según los lineamientos del Decreto Supremo N° 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y la Resolución Ministerial N° 2056-2019-IN, que aprueba la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC, la cual señala cuáles son los “Lineamientos Técnicos y Procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana”, la que deberá ser ejecutada conforme a su propia planificación. Artículo Segundo.- DISPONER a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y a la Gerencia Regional de Seguridad, Defensa Nacional y Gestión de Riesgo de Desastres, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ica para su promulgación. BORIS DIAZ HUAMANIConsejero DelegadoConsejo Regional de Ica POR TANTORegístrese, comuníquese y cúmplase.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica.JAVIER GALLEGOS BARRIENTOS Gobernador Regional de Ica 2012822-2