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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (16/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Sábado 16 de octubre de 2021 El Peruano / Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de octubre del año dos mil veintiuno. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN Presidenta del Consejo de Ministros RUBÉN RAMÍREZ MATEO Ministro del Ambiente ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo GISELA ORTIZ PEREA Ministra de Cultura WALTER AYALA GONZÁLES Ministro de Defensa VÍCTOR RAÚL MAITA FRISANCHO Ministro de Desarrollo Agrario y Riego DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas CARLOS ALFONSO GALLARDO GÓMEZ Ministro de Educación EDUARDO GONZÁLEZ TORO Ministro de Energía y Minas LUIS ROBERTO BARRANZUELA VITE Ministro del Interior ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANAHÍ DURAND GUEVARA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables JOSÉ ROGGER INCIO SÁNCHEZ Ministro de la Producción OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores HERNANDO CEVALLOS FLORES Ministro de Salud BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2002063-4 Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026 DECRETO SUPREMO N° 164-2021-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, según lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, le corresponde al Presidente de la República dirigir la política general del gobierno;Que, conforme lo establece el artículo 130 de la citada norma constitucional, dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo de Ministros concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión; Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, señala que el Ministro de Estado, con arreglo a la Constitución Política del Perú, es el responsable político de la conducción de un sector o sectores del Poder Ejecutivo, le corresponde, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2018- PCM, se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, con el objeto de regular las Políticas Nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, estableciendo las normas que rigen su rectoría, con la fi nalidad que sean implementadas por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno en bene fi cio de los ciudadanos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del referido Reglamento, señala que la Política General de Gobierno es el conjunto de políticas priorizadas que se desarrollan a través de políticas nacionales durante un periodo de Gobierno; Que, asimismo, el numeral 7.4. del artículo 7 de la misma norma, señala que a los cuarenta (40) días de haber asumido sus funciones, el Presidente de la República, y por iniciativa de este, el Consejo de Ministros aprueba mediante acuerdo la Política General de Gobierno, en el marco de las Políticas de Estado, los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y las políticas nacionales vigentes. Dicha Política General se materializa mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros; Que, para alcanzar el desarrollo integral del país, es necesario que el Gobierno identi fi que un conjunto de ejes, lineamientos prioritarios y líneas de intervención de la Política General de Gobierno 2021-2026, interrelacionados con los lineamientos generales del discurso del señor Presidente de la República del 28 de julio de 2021 y los compromisos de política presentados en el discurso del Presidente del Consejo de Ministros ante el Congreso de la República del Perú, con fecha 26 de agosto de 2021; Que, los lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno 2021 - 2026, orientan el desarrollo y actualización de políticas nacionales, planes e intervenciones gubernamentales, y se encuentran interrelacionados con las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Visión del Perú al 2050; Que, en sesión de fecha 15 de setiembre de 2021, el Consejo de Ministros acordó aprobar la Política General de Gobierno 2021 - 2026, la cual contiene los ejes, lineamientos prioritarios y líneas de intervención para superar las mayores brechas identi fi cadas en el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de las personas, así como en los servicios elementales; Que, el Gobierno tiene como prioridad lograr un país descentralizado, basado en el diálogo en el que el Estado es capaz de llevar servicios básicos y oportunidades de desarrollo a todos los ámbitos territoriales del país; Que, por lo expuesto, corresponde aprobar la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, que incluye los ejes, lineamientos prioritarios y líneas de intervención para dicho periodo gubernamental; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, y sus modi fi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;