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31 NORMAS LEGALES Sábado 16 de octubre de 2021 El Peruano / para la Reconstrucción con Cambios, se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el marco de lo dispuesto en la citada Ley N° 30556; Que, el literal c) del numeral 57.1 del artículo 57 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone que se han asignado hasta por la suma de S/ 6 055 675 735,00 (SEIS MIL CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), de los cuales hasta por la suma de S/ 395 956 861,00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, y hasta por la suma de S/ 5 659 718 874,00 (CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, para el fi nanciamiento de la ejecución de las intervenciones comprendidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios a cargo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC), y para los gastos correspondientes al cumplimiento de las funciones de la ARCC que incluye el fi nanciamiento de los gastos para el funcionamiento de dicha unidad ejecutora; de los cuales, según el acápite iii) del citado literal c), se dispone hasta la suma de S/ 5 659 718 874,00 (CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para la ejecución de intervenciones a ser ejecutadas por la ARCC en el marco del acuerdo Gobierno a Gobierno para el Programa de la Reconstrucción celebrado entre el Departamento de Comercio Internacional del Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios del Gobierno del Perú; Que, el literal d) del numeral 57.1 del artículo 57 de la Ley N° 31084, dispone que se han asignado hasta por la suma de S/ 1 126 902 048,00 (MIL CIENTO VEINTISÉIS MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), de los cuales hasta por la suma de S/ 27 700 000,00 (VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, y hasta por la suma de S/ 1 099 202 048,00 (MIL NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, para el fi nanciamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios; asimismo, se autoriza, excepcionalmente, a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, previa opinión de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la referida Autoridad, y siempre que se asegure el fi nanciamiento de las intervenciones a ser ejecutadas en el marco del Acuerdo Gobierno a Gobierno para el Programa de la Reconstrucción celebrado entre el Departamento de Comercio Internacional del Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios del Gobierno del Perú, de acuerdo con la programación que establezca dicha Autoridad, a destinar recursos a que se re fi ere el acápite iii) del literal c) del numeral 57.1 a los fi nes a que se re fi ere el literal d) del citado numeral, priorizándose las intervenciones en ejecución a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el segundo párrafo del numeral 57.2 del artículo 57 de la Ley N° 31084, señala que los recursos se trans fi eren a través de modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, mediante los O fi cios N°s 0675 y 0686-2021- ARCC/DE, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 31 754 691,00 (TREINTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de dos (02) Gobiernos Regionales y de catorce (14) Gobiernos Locales, para fi nanciar veintitrés (23) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, de las cuales corresponden a diecinueve (19) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI), a un (01) proyecto de inversión y a tres (03) intervenciones para la elaboración de expedientes técnicos; adjuntando, para dicho efecto, los Informes N°s 173 y 177-2021-ARCC/GG/OPP que remiten los Informes N°s 201 y 210-2021-ARCC/GG/OPP-LGTG de su Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto, con los sustentos respectivos; así como los O fi cios N°s 302 y 304-2021- ARCC/GG/OPP de la citada O fi cina, con información complementaria; Que, el numeral 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, señala que las Intervenciones de Reconstrucción que se implementan a través de la ejecución de inversiones se denominan “Intervención de Reconstrucción mediante Inversiones” – IRI, las mismas que no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del “Formato Único de Reconstrucción” en el Banco de Inversiones; Que, asimismo, el numeral 8-A.5 del citado artículo, dispone, en relación a los requerimientos de fi nanciamiento de las IRI, que la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica únicamente respecto al monto actualizado de la inversión y el estado de aprobado de la IRI, según la información registrada en el Banco de Inversiones; aspecto que se ha veri fi cado para las diecinueve (19) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) consignadas en los O fi cios N°s 0675 y 0686-2021-ARCC/DE, conforme a la opinión emitida por la referida Dirección General mediante los Informes N°s 0381 y 0396-2021-EF/63.04, adjunto a los Memorandos N°s 0432 y 0445-2021-EF/63.04; asimismo, la citada Dirección General remite el estado situacional acerca de un (01) proyecto de inversión consignado en el Ofi cio N° 0686-2021-ARCC/DE; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 31 754 691,00 (TREINTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, a favor de dos (02) Gobiernos Regionales y de catorce (14) Gobiernos Locales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, en los literales c) y d) del numeral 57.1 y el numeral 57.2 del artículo 57 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 31 754 691,00 (TREINTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a favor de dos (02) Gobiernos Regionales y de catorce (14) Gobiernos Locales, para fi nanciar veintitrés (23)