NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (05/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Domingo 5 de setiembre de 2021 El Peruano / Julio del 2021, desarrollada de manera presencial y virtual utilizando las tecnologías de la información en las instalaciones del Auditorio del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público de Lamas-IESPPL, se aprobó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero: APROBAR la transferencia de infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión Pública denominado: “Instalación del Sistema de Alcantarillado en la Localidad de Buenos Aires”, con un valor histórico y neto de S/ 1´728,205.53, a favor de la Municipalidad Distrital de Buenos Aires, conforme se detalla continuación: Nombre del Proyecto Valor Histórico Valor Neto Entidad ReceptoraTipo de Transferencia “Instalación del Sistema de Alcantarillado en la Localidad de Buenos Aires”S/ 1´728,205.53 S/ 1´728,205.53 Municipalidad Distrital de Buenos Aires Externa presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.FIDELITO SALAS VASQUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional 1988446-1Artículo Segundo: AUTORIZAR al Gobernador Regional de San Martín para que a través de la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. Artículo Tercero: ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el diario o fi cial el peruano y el O fi cial de la región conforme a Ley. Artículo Cuarto: REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del Aprueban transferencia de infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión Pública denominado: “Instalación del Sistema de Agua Potable en las Localidades de Santa Rosa, La Unión, San Martín, Juan Santos Atahualpa, Nueva Alegría, Barranquita y Otras”, a favor de la Municipalidad Distrital de Barranquita ACUERDO REGIONAL Nº 020-2021-GRSM/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Moyobamba, 1 de julio de 2021 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, mediante Carta Nº286-2021-GRSM/GRI de fecha 17 de mayo de 2021, el Gerente Regional de Infraestructura remitió al Econ. Orlando Walter Ampudia Matos, en su condición de Presidente de la Comisión de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública del Gobierno Regional de San Martín, el expediente de Transferencia del Proyecto de Inversión Pública “Instalación del Sistema de Agua Potable en las Localidades de Santa Rosa, La Unión, San Martín, Juan Santos Atahualpa, Nueva Alegría, Barranquita y Otras”. Que, en tal virtud, mediante Acta de fecha 08 de junio de 2021, los miembros de la “Comisión de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública” U.E Nº 001-0921 REGION SAN MARTIN – SEDE CENTRAL, otorgan opinión favorable para la continuidad de la transferencia de Infraestructura “Instalación del Sistema de Agua Potable en las Localidades de Santa Rosa, La Unión, San Martín, Juan Santos Atahualpa, Nueva Alegría, Barranquita y Otras”. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1332-2012-GRSM/PGR de fecha 19 de diciembre de 2012, se aprobó la Directiva Nº 002-2012-GRSM/GRI “Normas para Transferencia de Infraestructura1 y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública Ejecutados y/o Financiados por el Gobierno Regional San Martín”. (en adelante la directiva). Que, el literal B del artículo V de la directiva, establece que todas las transferencias de infraestructura y otros componentes de Proyectos de Inversión Pública ejecutados y/o fi nanciados por el pliego 459 GORESAM, que se realicen a otros pliegos Presupuestales deben ser aprobados por el Consejo Regional mediante Acuerdo del Consejo Regional respectivo y la posterior promulgación mediante Resolución Ejecutiva Regional. Que, en cuanto al procedimiento para transferencia del pliego Gobierno Regional San Martín a otros Pliegos, el numeral 1 del literal F del artículo IX de la Directiva establece que: Las comisiones de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública de todas las Unidades Ejecutoras, tramitaran el expediente de transferencia por intermedio de la Gerencia General Regional para la expedición del Acuerdo del Consejo Regional que apruebe las transferencias solicitadas a otros Pliegos. Logrado el mencionado Acuerdo, la Gerencia General Regional comunicará a la Comisión de Transferencia respectivo, mediante la devolución del expediente y anexando copia certi fi cada del acuerdo Aprobado. Finalmente, las Comisiones de Transferencia formularan el proyecto de Resolución Ejecutiva Regional que promulgará el Acuerdo de Consejo Regional que autoriza la transferencia a otros Pliegos, tramitando el Proyecto de Resolución por intermedio de la Gerencia General Regional, para su aprobación respectiva por el Presidente Regional. (…..).