NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (05/09/2021)
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21 NORMAS LEGALES Domingo 5 de setiembre de 2021 El Peruano / de la Dirección Regional de Agricultura, utilizando las tecnologías de la información, llevado a cabo el día 22 de Julio de 2021, aprobó por MAYORIA la siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR la transferencia de infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión Pública “CREACION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL PUENTE VEHICULAR MIRAFLORES SOBRE EL RIO CUÑUMBUZA EN EL CENTRO POBLADO DE AUCARARCA – DISTRITO DE HUALLAGA, PROVINCIA DE BELLAVISTA – REGION SAN MARTÍN”, con un valor neto de S/ 913,130 .00, a favor de la Municipalidad Distrital de Huallaga, conforme se detalla continuación: Nombre del ProyectoValor Neto Entidad ReceptoraTipo de Transferencia “Creación de la Superestructura del puente vehicular Mira fl ores sobre el rio cuñumbuza en el Centro Poblado de Aucararca Distrito de Huallaga, Provincia de Bellavista” S/ 913,130 .00Municipalidad Distrital de HuallagaExterna Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de San Martín para que a través de la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en el distrito judicial de San Martín, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FIDELITO SALAS VÁSQUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional 1988466-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Convocan a Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2021-A-MDMM Magdalena del Mar, 31 de agosto del 2021EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El Informe N° 175-2021-SGPVECDE- MDMM de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deportes y Espectáculos, el Informe N° 039-2021-GDH-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe N° 656-2021-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 1445-2021-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º y 197º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, los artículos 111° y 113°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, prescriben que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia, y que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito mediante, entre otros, el mecanismo de la participación a través de Juntas Vecinales; Que, asimismo, el artículo 116° de la misma Ley señala que los concejos municipales, a propuesta del alcalde, de los regidores, o a petición de los vecinos, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones; y que las juntas estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la ordenanza de su creación, así como, el concejo municipal aprueba el reglamento de organización y funciones de las juntas vecinales comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a las que deberán someterse; Que, la Ordenanza N°122-2021-MDMM del 19 de agosto del 2021, que aprueba el Reglamento de organización, funciones y el proceso de elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar; señala en su artículo 9°, que el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía convocará a elecciones de los Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, designando al Comité Electoral y estableciendo el cronograma del proceso electoral; Que, con fecha 11 de marzo del 2020, la Organización Mundial de la Salud cali fi có el brote COVID -19 como una Pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, dispositivo que ha venido siendo prorrogado y modi fi cado hasta la fecha; Que, en este nuevo contexto, los gobiernos locales deben desarrollar sus actividades de manera gradual, para lo cual deben adoptar las medidas pertinentes para el desarrollo de las mismas y la atención a la ciudadanía, salvaguardando las restricciones sanitarias y el distanciamiento social, implementando y habilitando la virtualización de trámites, servicios u otros; Que, por las consideraciones anteriores y el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Desarrollo Humano, la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; con la conformidad de la Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito