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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (05/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Domingo 5 de setiembre de 2021 El Peruano / Aprueban transferencia de infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión Pública “Creación de la Superestructura del puente vehicular Miraflores sobre el río Cuñumbuza en el Centro Poblado de Aucararca - Distrito de Huallaga, Provincia de Bellavista - Región San Martín”, a favor de la Municipalidad Distrital de Huallaga ACUERDO REGIONAL Nº 023-2021-GRSM/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Moyobamba, 22 de julio de 2021 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, mediante O fi cio Nº 155-2021-GRSM/GTHC-J/G, el Gerente de la Gerencia Territorial Huallaga Central – Juanjui, remite el expediente de transferencia externa, para que de acuerdo a las atribuciones establecidas en el artículo IX –F-1 de la Directiva Nº 002-2012-GRSM/GRI, se derive al Consejo Regional de San Martín, adjuntado el acta de opinión favorable. Que, mediante Acta de fecha 01 de junio de 2021, los miembros de la “Comisión de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública, Ejecutados y/o Financiados por el Gobierno Regional San Martín” – U.E. 005-1057- Región San Martín Sub Región Huallaga Central – Juanjui, otorgan opinión favorable para la continuidad de la transferencia de Infraestructura “CREACION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL PUENTE VEHICULAR MIRAFLORES SOBRE EL RIO CUÑUMBUZA EN EL CENTRO POBLADO DE AUCARARCA – DISTRITO DE HUALLAGA, PROVINCIA DE BELLAVISTA – REGION SAN MARTÍN”. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1332-2012-GRSM/PGR de fecha 19 de diciembre de 2012, se aprobó la Directiva Nº 002-2012-GRSM/GRI “Normas para Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública Ejecutados y/o Financiados por el Gobierno Regional San Martín”. (en adelante la directiva). Que, el literal B del artículo V de la directiva, establece que todas las transferencias de infraestructura y otros componentes de Proyectos de Inversión Pública ejecutados y/o fi nanciados por el pliego 459 GORESAM, que se realicen a otros pliegos Presupuestales deben ser aprobados por el Consejo Regional mediante Acuerdo del Consejo Regional respectivo y la posterior promulgación mediante Resolución Ejecutiva Regional.Que, en cuanto al procedimiento para transferencia del pliego Gobierno Regional San Martín a otros Pliegos, el numeral 1 del literal F del artículo IX de la Directiva establece que: Las comisiones de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública de todas las Unidades Ejecutoras, tramitaran el expediente de transferencia por intermedio de la Gerencia General Regional para la expedición del Acuerdo del Consejo Regional que apruebe las transferencias solicitadas a otros Pliegos. Logrado el mencionado Acuerdo, la Gerencia General Regional comunicará a la Comisión de Transferencia respectivo, mediante la devolución del expediente y anexando copia certi fi cada del acuerdo Aprobado. Finalmente, las Comisiones de Transferencia formularan el proyecto de Resolución Ejecutiva Regional que promulgará el Acuerdo de Consejo Regional que autoriza la transferencia a otros Pliegos, tramitando el Proyecto de Resolución por intermedio de la Gerencia General Regional, para su aprobación respectiva por el Presidente Regional. (…..). Que, de lo expuesto y de los documentos anexos se colige que resulta necesario la expedición del Acuerdo de Consejo Regional que apruebe la transferencia solicitada a otro pliego, en concordancia con la Directiva Nº 002-2012-GRSM/GRI y el Acta de Opinión Favorable de Transferencia elaborado por la Comisión de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública, Ejecutados y/o Financiados por el Gobierno Regional San Martín” – U.E. 005-1057- Región San Martín Sub Región Huallaga Central – Juanjuí. Que, mediante Informe Legal Nº 424-2021-GRSM/ ORAL, de fecha 22 de Junio del 2021 la O fi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la transferencia de Infraestructura y Otros Componentes del Proyecto de Inversión Pública “CREACION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL PUENTE VEHICULAR MIRAFLORES SOBRE EL RIO CUÑUMBUZA EN EL CENTRO POBLADO DE AUCARARCA – DISTRITO DE HUALLAGA, PROVINCIA DE BELLAVISTA – REGION SAN MARTÍN”, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional. Que, mediante Memorando Nº 596-2021-GRSM/ GGR, la gerencia General Regional remite el Informe Legal Nº 424-2021-GRSM/ORAL, opina favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la transferencia de Infraestructura y Otros Componentes del Proyecto de Inversión Pública “CREACION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL PUENTE VEHICULAR MIRAFLORES SOBRE EL RIO CUÑUMBUZA EN EL CENTRO POBLADO DE AUCARARCA – DISTRITO DE HUALLAGA, PROVINCIA DE BELLAVISTA – REGION SAN MARTÍN”, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional. Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada vía presencial y virtual en las instalaciones del Auditorio