NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (05/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 22
22 NORMAS LEGALES Domingo 5 de setiembre de 2021 El Peruano / de Magdalena del Mar, en el tipo Voto Electrónico No Presencial (VENP) que se realizarán el día 11 de noviembre del 2021. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso de Elecciones, el mismo que estará integrado por los siguientes miembros: a) ANDREA DEL CARMEN LANDAURI MIANO, representante de la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, quien lo presidirá. b) MILUSKA ROSSI REATEGUI ARONES, representante de la Subgerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deportes y Espectáculos quien actuará como secretaria. c) BENITO ROBERTO VILLANUEVA HARO, representante de la Gerencia de Asesoría Jurídica quien actuará como vocal. d) CLAUDIA MELISSA MUÑOZ REYES, representante de la Subgerencia de Adulto mayor, DEMUNA, OMAPED y Protección a la Mujer quien actuará como primer suplente. e) ALAN CRUZADO PINELO, representante de la Procuraduría Pública Municipal quien actuará como segundo suplente. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma de Elecciones convocadas en el artículo primero del presente Decreto de Alcaldía: Convocatoria a elecciones Lunes 06 de setiembre Campaña de Difusión y Registro en el Padrón ElectoralLunes 06 setiembre a viernes 24 de setiembre. Publicación del Padrón Electoral Provisional sábado 25 de setiembre Presentación de observaciones al Padrón Lunes 27 de setiembre Resolución de observaciones al PadrónMartes 28 al jueves 30 de setiembre Publicación del Padrón electoral de fi nitivo Lunes 04 de octubre Inscripción de listas de candidatos -Mesa de Partes de la Municipalidad Lunes 04 de octubre a miércoles 06 de octubre. Subsanación a la InscripciónJueves 07 y lunes 11 de octubre. Publicación del cartel de candidatos provisional Martes 12 de octubre Presentación de tachas a candidatos Miércoles 13 de octubre Absolución de tachasJueves 14 y viernes 15 de octubre. Publicación del cartel de candidatos defi nitivo Lunes 18 de octubre JORNADA ELECTORAL Horario: 10am a 3pmJUEVES 11 DE NOVIEMBRE Publicación de listas ganadoras Viernes 12 de noviembre Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología y Gobierno Electrónico la publicación de la misma en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; a la Gerencia de Desarrollo Humano y Sub Gerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deportes y Espectáculos el cumplimiento de la presente. POR TANTO: Registrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ Alcalde 1987381-1MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ordenanza que prohíbe la utilización de promotores denominados jaladores por parte de todo establecimiento comercial y de servicios en el distrito de San Luis ORDENANZA Nº 318-MDSL/C San Luis, 23 de agosto de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTOEl Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Luis, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS:La Carta Nº 030-2021-ZCCR-SR/MDSL, presentado por el regidor Zee Carlos Corrales Romero, Informe Nº 151-2021-MDSL-GPES/SGDEL de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Licencia, Informe Legal Nº 244-2021-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; entre otros, sobre el proyecto de “Ordenanza que prohíbe la utilización de promotores denominados jaladores por parte de todo establecimiento comercial y de servicio del distrito de San Luis”; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y sus modi fi catorias, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al inciso 22) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho: “A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”; Que, el artículo 56 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, indica que “las vías y áreas públicas, con subsuelo y aires son bienes de dominio y uso público”; Que, por su parte, el literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, defi ne a los bienes de dominio público como aquellos bienes estatales, destinados al uso público como playas, plazas, parques, infraestructura vial, vías férreas, caminos y otros, cuya administración, conservación y mantenimiento corresponde a una entidad; tienen el carácter de inalienables e imprescriptibles. Sobre ellos, el Estado ejerce su potestad administrativa, reglamentaria y de tutela conforme a ley; Que, en ese contexto el regidor Zee Carlos Corrales Romero mediante Carta Nº 030-2021-ZCCR-SR/ MDSL, presenta al despacho de alcaldía, el proyecto de “Ordenanza que prohíbe la utilización de promotores denominados jaladores en la vía pública por parte de establecimientos comerciales y de servicios en el distrito de San Luis”, a fi n de mantener un distrito ordenado, con la legalidad correspondiente; Que, al respecto la Gerencia de Promoción Económico Social, señala que el proyecto de Ordenanza tiene como objetivo mantener el ordenamiento vehicular y peatonal en el distrito de San Luis; asimismo tiene por fi nalidad permitir que la actividad comercial de la jurisdicción del distrito de San Luis, pueda desarrollarse en un entorno armonioso y libre de riesgos fi scos, materiales y psicológicos;