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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (05/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Domingo 5 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, de lo expuesto y de los documentos anexos se colige que resulta necesario la expedición del Acuerdo de Consejo Regional que apruebe la transferencia solicitada a otro pliego, en concordancia con la Directiva Nº 002-2012-GRSM/GRI y el Acta de Opinión Favorable de Transferencia elaborado por la Comisión de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública del GRSM – Sede Central. Que, mediante Informe Legal Nº 395-2021-GRSM/ ORAL, de fecha 10 de Junio del 2021 la O fi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por la emisión de un Acuerdo de Consejo Regional que apruebe la transferencia de Infraestructura y Otros Componentes del Proyecto de Inversión Pública “Instalación del Sistema de Agua Potable en las Localidades de Santa Rosa, La Unión, San Martín, Juan Santos Atahualpa, Nueva Alegría, Barranquita y Otras ”, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional. Que, mediante Memorando Nº 542-2021-GRSM/GGR, la gerencia General Regional remite el Informe Legal Nº 395-2021-GRSM/ORAL, con la opinión favorable de la Ofi cina Regional de Asesoría Legal respecto a la emisión de un Acuerdo del Consejo Regional, que apruebe la transferencia de la infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión Pública: “Instalación del Sistema de Agua Potable en las Localidades de Santa Rosa, La Unión, San Martín, Juan Santos Atahualpa, Nueva Alegría, Barranquita y Otras ”, para su conocimiento y acciones que estime correspondientes. Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria realizada el día 01 de Julio del 2021, desarrollada de manera presencial y virtual utilizando las tecnologías de la información en las instalaciones del Auditorio del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público de Lamas-IESPPL, se aprobó por MAYORÍA el siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero: APROBAR la transferencia de infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión Pública denominado: “Instalación del Sistema de Agua Potable en las Localidades de Santa Rosa, La Unión, San Martín, Juan Santos Atahualpa, Nueva Alegría, Barranquita y Otras”, con un valor histórico y neto de S/ 5, 244,408.40; a favor de la Municipalidad Distrital de Barranquita, conforme se detalla continuación: Nombre del Proyecto Valor Histórico Valor Neto Entidad ReceptoraTipo de Transferencia “Instalación del Sistema de Agua Potable en las Localidades de Santa Rosa, La Unión, San Martín, Juan Santos Atahualpa, Nueva Alegría, Barranquita y Otras” S/ 5, 244,408.40 S/ 5, 244,408.40Municipalidad Distrital de BarranquitaExterna Artículo Segundo: AUTORIZAR al Gobernador Regional de San Martín para que a través de la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. Artículo Tercero: ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y el O fi cial de la región conforme a Ley. Artículo Cuarto: REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín.Artículo Quinto: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.FIDELITO SALAS VÁSQUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional 1988456-1 Aprueban transferencia de infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Puente artesanal sobre la quebrada Cuñumbaza en el caserío Aucararca , sector Miraflores, Distrito de Huallaga - Bellavista - Región San Martin”, a favor de la Municipalidad Distrital de Huallaga ACUERDO REGIONAL Nº 022-2021-GRSM/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Moyobamba, 22 de julio de 2021POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, mediante O fi cio Nº 155-2021-GRSM/GTHC-J/G, el Gerente de la Gerencia Territorial Huallaga Central – Juanjui, remite el expediente de transferencia externa,