NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (15/09/2021)
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TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de setiembre de 2021 El Peruano / del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil veintiuno. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas HERNANDO CEVALLOS FLORES Ministro de Salud 1991707-2 EDUCACION Designan Jefa de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 357-2021-MINEDU Lima, 14 de septiembre del 2021 VISTOS, el Expediente Nº OGEPER2021- INT-0133950, el Informe Nº 00168-2021-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe(a) de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente;De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora NADIA YESQUEN PUERTAS en el cargo de Jefa de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAÚL CADILLO LEÓN Ministro de Educación 1991571-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban texto de la minuta del Contrato de Concesión Nº 553-2020, a suscribirse entre Empresa de Generación Eléctrica Río Baños S.A.C. y el Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2021-MINEM/DM Lima, 27 de agosto de 2021 VISTOS: El Expediente Nº 18378817 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en el proyecto Central Hidroeléctrica Chancay 2, presentada por Empresa de Generación Eléctrica Río Baños S.A.C. (en adelante, EGERBA); los Informes Nº 319-2020-MINEM/DGE-DCE, Nº 320-2020-MINEM/DGE-DCE y Nº 0453-2021/MINEM-DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad (en adelante, DGE); el Informe Nº 0740-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 2680538 de fecha 10 de febrero de 2017, EGERBA solicita el otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables (RER) para la Central Hidroeléctrica Chancay 2, con una potencia instalada de 16.6 MW, ubicada en los distritos de Atavillos Alto y San Miguel de Acos, provincia de Huaral, departamento de Lima; Que, mediante el documento con registro Nº 2961694 de fecha 31 de julio 2019, EGERBA presenta una Declaración Jurada por aplicación del Silencio Administrativo Positivo (en adelante, SAP), aduciendo que el plazo de ciento veinte (120) días hábiles para otorgar la concesión definitiva venció en el mes de febrero de 2019; Que, el artículo 28 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas señala lo siguiente: “La solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la fecha de su presentación. En caso de concesiones de fi nitivas de generación que utilicen recursos hídricos, la solicitud debe resolverse en un plazo máximo de ciento veinte