NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (15/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 20
20 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de setiembre de 2021 El Peruano / Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza se efectuará mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 021-84- PCM, re fi ere que los Asesores de Alta Dirección, sean remunerados o no, ejercen las mismas funciones, gozan de las mismas atribuciones y se encuentran sometidos a idéntica responsabilidad en el ejercicio de sus funciones; Que, en ese contexto, se ha considerado conveniente contar con un profesional para que asesore a la Jefatura del INDECI a efectos de cumplir de manera e fi ciente con las funciones y atribuciones institucionales; Con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Designar al señor Dr. Ing. Jorge Luis Chavez Cresta como Asesor Ad Honorem del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario O fi cial el Peruano y en la página web e intranet Institucional (www.indeci.gob.pe). Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General, registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional, y remita copia autenticada por fedatario al interesado, a la O fi cina de Recursos Humanos y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CARLOS MANUEL YAÑEZ LAZO Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1991581-1 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aprueban formatos a ser utilizados en los procedimientos de formalización previstos en la Ley Nº 31056 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2021-VIVIENDA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº D000127-2021-COFOPRI-DE San Isidro, 14 de septiembre de 2021 VISTOS: Los Informes Nº D000003-2021-COFOPRI-DFIND, Nº D000009-2021-COFOPRI-DFIND, Nº D000013-2021-COFOPRI-DFIND y Nº D000021-2021-COFOPRI-DFIND del 26 de febrero, 19 de abril, 14 de mayo y 23 de junio del 2021, respectivamente, y el Memorando Nº D000971-2021-COFOPRI-DFIND del 18 de agosto del 2021, emitidos por la Dirección de Formalización Individual; el Memorando Nº D002585-2021-COFOPRI-OPP del 27 de agosto del 2021, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº D000116-2021-COFOPRI-DND del 17 de agosto del 2021 y el Memorando Nº D000249-2021-COFOPRI-DND 01 de septiembre del 2021, emitidos por la Dirección de Normalización y Desarrollo; y, el Informe Nº D000489-2021-COFOPRI-OAJ del 09 de septiembre del 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, por Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, según lo establecido en la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos y sus respectivas modi fi caciones, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI asume, de manera excepcional, las funciones de ejecución del proceso de formalización a que se re fi ere el Título I de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos; Que, la Ley Nº 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización, amplía el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios urbanos a cargo de COFOPRI, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026; además de ampliar el plazo de ocupación de las posesiones informales para que sean beneficiarias de las acciones de formalización, que se hubiesen constituido sobre inmuebles de propiedad estatal, hasta el 31 de diciembre de 2015; Que, el Decreto Supremo Nº 002-2021-VIVIENDA aprobó el Reglamento de la Ley Nº 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización, el cual establece diversos procedimientos, entre ellos los vinculados con el proceso de formalización individual, como son: (i) Formalización de posesiones informales con ocupación entre el periodo del 01 de enero de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2015; (ii) Reversión de predios; (iii) Tratamiento de lotes de vivienda abandonados en posesiones informales y centros poblados; (iv) Prescripción Adquisitiva Administrativa y Regularización de la propiedad en posesiones informales; (v) Reubicación a favor de familias que ocupan terrenos en zonas de riesgo; Que, con el Informe Nº D000116-2021-COFOPRI- DND del 17 de agosto del 2021 y el Memorando Nº D000249-2021-COFOPRI-DND 01 de septiembre del 2021, la Dirección de Normalización y Desarrollo, en consideración de los informes que sustentan los formatos propuestos por la Dirección de Formalización Individual en los Informes Nº D000003-2021-COFOPRI-DFIND, Nº D000009-2021-COFOPRI-DFIND, Nº D000013-2021-COFOPRI-DFIND y Nº D000021-2021-COFOPRI-DFIND del 26 de febrero, 19 de abril, 14 de mayo y 23 de junio del 2021, respectivamente, y el Memorando Nº D000971-2021-COFOPRI-DFIND del 18 de agosto del 2021, propone se gestione la aprobación de los formatos a ser utilizados en los procedimientos de formalización previstos en la Ley Nº 31056 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2021-VIVIENDA, denominados: ANEXO Nº 1 : Padrón de Publicación de Poseedores Aptos.