NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (15/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de setiembre de 2021 El Peruano / Transportes, sustentada en el Informe Nº 1074-2021- MTC/19.02 de la Dirección de Inversión Privada en Transportes, propone la modi fi cación del “Protocolo Sanitario Sectorial de Seguridad Sanitaria para la Prevención del Virus COVID-19, para Metros y Ferrocarriles”, en atención a las recomendaciones de la Autoridad Sanitaria; Que, mediante Memorando Nº 0761-2021-MTC/18, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, sustentada en el Informe Técnico Nº 0014-2021-MTC/18.02, de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Ferroviario, expresa su opinión favorable respecto a la propuesta de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes , señalando que resulta acorde con la normativa de la materia y en particular, con el “Lineamiento sectorial para la prevención del COVID-19 en el servicio ferroviario de pasajeros del ámbito nacional, regional y local”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0578-2020-MTC/01; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la modi fi cación del Anexo VII “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19, para Metros y Ferrocarriles”, aprobado con Resolución Ministerial Nº 0257-2020-MTC/01, según el texto que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Lo dispuesto en el octavo punto del numeral 8.5 de acápite VIII del “Protocolo Sanitario Sectorial para la Prevención del COVID-19, para Metros y Ferrocarriles”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0257-2020-MTC/01; incorporado con el Anexo de la presente Resolución Ministerial, debe ser implementado en un plazo de tres (3) meses. El referido plazo podrá ser ampliado por el Sector, a petición del operador ferroviario, hasta por un periodo similar. Para el caso de los sistemas de transporte ferroviario de pasajeros en zona urbana que, a la fecha de publicación de la presente norma, se encuentran en etapa de ejecución del proyecto, deberán contar con el sistema de sanitización previo al inicio de su operación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1991700-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Director de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2021-VIVIENDA Lima, 14 de setiembre del 2021CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Juan Perfecto Mayta Taype, en el cargo de Director de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1991673-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional 2021 Modificado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2021-VIVIENDA Lima, 14 de setiembre del 2021VISTOS: El Memorando Nº 1043-2021-VIVIENDA- OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe Nº 241-2021/VIVIENDA-OGPP-OPM, de la O fi cina de Planeamiento y Modernización (OPM); y, el Acta de Validación del Plan Operativo Institucional 2021 Modi fi cado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como órgano rector y orientador del SINAPLAN; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del SINAPLAN;