NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (15/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 330-2020-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, mediante Resolución Ministerial Nº 342-2020-VIVIENDA, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el citado Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos; Que, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene por objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional, que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; asimismo, la citada Guía dispone en el numeral 6.3 de la sección 6 las circunstancias en las que se procede a la modi fi cación del POI Anual en ejecución; Que, mediante los documentos de vistos, la OGPP sustenta y propone la aprobación del Plan Operativo Institucional 2021 Modi fi cado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el cual ha sido elaborado en coordinación con los centros de costo del Ministerio, de acuerdo a los lineamientos metodológicos establecidos en el numeral 6.3 de la sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional; y, que cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Acta de fecha 01 de setiembre de 2021; habiéndose registrado en el aplicativo CEPLAN V.01 las modi fi caciones efectuadas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Plan Operativo Institucional 2021 Modi fi cado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Seguimiento y evaluación Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, que realice el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional 2021 Modi fi cado – Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1991698-1ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Monzón RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 100-2021-DV-PE Mira fl ores, 14 de septiembre de 2021 VISTO:El Memorando Nº 000956-2021-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial, remite el Anexo Nº 01 que detalla la Inversión, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 16.1 del artículo 16º de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los que se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe Nº 000049-2021-DV-HPO- OPP-UINV, la Unidad de Inversiones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto comunica la incorporación como inversión no prevista en la cartera de inversiones de DEVIDA para el año 2021 del PMI 2021-2023 del Sector PCM, la Inversión: “Instalación del puente carrozable sobre el Rio Monzón en el Caserío de Pacchac, Distrito de Monzón - Huamalíes – Huánuco”; Que, en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2021, DEVIDA suscribió una Adenda, con la Municipalidad Distrital de Monzón, para la precitada Inversión, hasta por la suma de DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL TRESCIENTOS TREINTAIUNO Y 60/100 SOLES (S/ 2´130,331.60), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera;