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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (24/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 24 de setiembre de 2021 El Peruano / Dirección Ejecutiva expida el acto resolutivo respectivo, considerando lo requerido en el documento de vistos por la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; Que, en ese contexto, atendiendo a las normas y consideraciones precedentes, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N ros. 27046, 27594 y 28923, los Decretos Legislativos Nº 803 y 1057, el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, la Resolución Suprema Nº 008-2007-VIVIENDA y la Resolución Directoral Nº 021-2017-COFOPRI/DE; y con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, al señor Oscar Ricardo Carrasco Villavicencio en el cargo de Profesional III - Asistente Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº1057, en la modalidad de CAS de con fi anza, conforme a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Directoral en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese en el Portal Institucional. SAUL FERNANDO BARRERA AYALA Director Ejecutivo - COFOPRI 1994716-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Incorporan la Única Disposición Complementaria Transitoria a la “Directiva Administrativa que establece los procedimientos de registro, evaluación, transferencia para pago y supervisión de las Prestaciones Económicas de Sepelio brindadas por las IPRESS públicas a los fallecidos con so specha o diagnóstico confirmado de Coronavirus COVID-19” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 139-2021/SIS Lima, 22 de setiembre de 2021VISTOS: El Informe Nº 014-2021-SIS/GNF-SGF/ VHSN con Proveído Nº 1042-2021-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 018-2021/SIS-OGPPDO-ACTI-YMM con Proveído Nº 169-2021-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 091-2021-SIS/OGAJ-DE-EYAZ con Proveído Nº 425-2021-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, señala que el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley; Que, el SIS se constituye en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS pública en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en adelante el TUO de la Ley Nº 29344, con funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad; Que, el artículo 22 del TUO de la Ley Nº 29344 señala que los planes de aseguramiento en salud son listas de condiciones asegurables e intervenciones y prestaciones de salud que son financiadas por las administradoras de fondos de aseguramiento y se clasifican en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), Planes Complementarios y Planes Específicos; Que, el Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autoriza al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa en su artículo 2 que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la Prestación Económica de Sepelio - PES a nivel nacional; Que, la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, otorga al SIS facultades para aprobar las disposiciones administrativas relacionadas a los procesos de a fi liación, fi nanciamiento, control de riesgos, control prestacional, control fi nanciero, facturación, tarifas, mecanismos, modalidades de pago y desarrollo de planes complementarios, en el marco de la normatividad vigente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 100-2020-MINSA, modificada por Resolución Ministerial Nº 171-2020-MINSA, se aprobó la Directiva Sanitaria Nº 087- MINSA-2020-DIGESA, Directiva Sanitaria para el manejo de cadáveres por COVID-19, en cuyos literales c) y d) del numeral 2 del Punto VI se señala, respectivamente, que: c) si la persona fallecida cuenta con un seguro de salud el financiamiento para su cremación o inhumación será asumida por la IAFAS pública o privada al que pertenece la persona fallecida; y, d) para el caso de personas en condición de indigencia que hayan fallecido por COVID-19 o ser caso sospechoso y no cuenten con un seguro salud, el financiamiento para su cremación o inhumación será asumido por el SIS, quien realizará las acciones administrativas y financieras que correspondan para la cremación o inhumación; Que, la Directiva Administrativa Nº 001-2015-SIS/ OGPPDO–V.01, “Directiva Administrativa sobre Normas para la Elaboración o Actualización, Aprobación, Difusión, Implementación y Evaluación de las Directivas Administrativas del Seguro Integral de Salud – SIS”, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 026-2015/SIS, tiene por objetivo general establecer el procedimiento para la formulación o actualización, aprobación, difusión, implementación y evaluación de las Directivas y su contenido, que se expidan en el SIS; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 107-2021- SIS se aprobó la Directiva Administrativa Nº 002-2021-SIS/GNF-V.01 “Directiva Administrativa que establece los procedimientos de registro, evaluación, transferencia para pago y supervisión de las Prestaciones Económicas de Sepelio brindadas por la IPRESS públicas a los fallecidos con sospecha o diagnóstico con fi rmado de Coronavirus COVID-19” y sus anexos”; Que, mediante el artículo 15 del Decreto de Urgencia Nº 012-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en el marco de la emergencia nacional por la COVID-19 para reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta del Sistema Nacional de Salud, se autoriza al SIS, de