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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (01/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 141

141 NORMAS LEGALES Viernes 1 de abril de 2022 El Peruano / en cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la Entidad; Que, en ese contexto, mediante las Hojas de Elevación de Vistos, la Sub Gerencia de Personal, informa que los servidores que ocuparan los cargos de con fi anza de los Órganos y Unidades Orgánicas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, según corresponda, cumplen con los requisitos mínimos señalados en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del RENIEC, aprobado con Resolución Secretarial N° 000106-2021/SGEN/RENIEC (30DIC2021); Que, en consecuencia se considera pertinente la designación de los responsables de los cargos de confi anza de los Órganos y Unidades Orgánicas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, asignándoles las plazas correspondientes del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012- JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 01 de abril de 2022, a los responsables de los Órganos y Unidades Orgánicas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, asignándoles las plazas correspondientes del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente, de acuerdo al detalle siguiente: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO ORGANO/UNIDAD ORGANICA GABRIELA BERTHA HERRERA TANSECRETARIA GENERALSECRETARÍA GENERAL TANIA LOURDES NARAZAS RIEGAJEFE DE OFICINAOFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA WALTER PAUL TWANAMA ALTAMIRANOASESOR GERENCIA GENERAL LIA LLANET CALDERON ROMERODIRECTORADIRECCIÓN DE REGISTRO ELECTORAL JULISSA ELENA ROJAS SOSA JEFE DE UNIDADUNIDAD DE SECRETARIA TÉCNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS MARK RENAN YUPANQUI FLORESJEFA DE UNIDAD UNIDAD DE TESORERÍA REGINA OFELIA MONTENEGRO REQUEJOJEFA DE UNIDADUNIDAD DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO HUMANO CELIA ANTONIA SARAVIA BONIFACIOSUB DIRECTORASUB DIRECCIÓN DE OPERACIONES REGISTRALES VIRGINIA PATRICIA SARRIA PARDOSUB DIRECTORASUB DIRECCIÓN DE PROCESAMIENTO DE REGISTROS CIVILES IVAN CLERK TORRES CHAVEZ SUB DIRECTORSUB DIRECCIÓN DE SERVICIOS AL CIUDADANO JORGE ANTONIO PUCH PARDO FIGUEROASUB DIRECTORSUB DIRECCIÓN DE VÍNCULOS Y ARCHIVO REGISTRAL NILDA ISABEL QUILLA TIPULAJEFA DE OFICINA REGIONALOFICINA REGIONAL 11 - PUNO MARIA DEL CARMEN CUADROS SALAS DE GOYTENDIAJEFA DE OFICINA REGIONALOFICINA REGIONAL 7 – AYACUCHO Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la O fi cina de Potencial Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2054329-1SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Declaran el sometimiento a régimen de intervención de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO FORTALEZA DE AYACUCHO RESOLUCIÓN SBS N° 01011-2022 Lima, 28 de marzo de 2022LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 30822 (en adelante, Ley COOPAC) que modi fi có la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (en adelante, Ley General), y otras normas concordantes, vigente a partir del 01.01.20191, otorgó a este Organismo de Supervisión y Control facultades de supervisión y regulación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (en adelante, COOPAC); Que, en atención a dichas facultades, esta Superintendencia emitió el Reglamento de Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, aprobado por la Resolución SBS N° 4977-2018 y su modi fi catoria, en el que, entre otros aspectos, se precisan el procedimiento y plazos de inscripción de las COOPAC, así como los casos en que procede la exclusión de las mismas del Registro Nacional de COOPAC (en adelante, Registro COOPAC); Que, la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO FORTALEZA DE AYACUCHO (COOPAC FORTALEZA DE AYACUCHO o la Cooperativa), inscrita en la Partida Registral N° 11034495 del Registro de Personas Jurídicas de la O fi cina Registral de Ayacucho, solicitó su inscripción en el Registro COOPAC, la cual fue aceptada mediante el O fi cio N° 38033-2019-SBS del 30.09.2019, asignándosele el Registro N° 426-2019-REG.COOPAC- SBS. Asimismo, de acuerdo con el monto total de activos declarado por la COOPAC FORTALEZA DE AYACUCHO en esa oportunidad, se le asignó el Nivel 2 del Esquema Modular y se le autorizó a realizar operaciones correspondientes al Nivel 1, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley COOPAC, desarrollada por la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por la Resolución SBS N° 480-2019 y sus modi fi catorias (en adelante, Reglamento COOPAC); Que, el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público aplicable para las COOPAC de Nivel 2, aprobado mediante Resolución SBS N° 577-2019 y su modi fi catoria (en adelante, el Manual de Contabilidad COOPAC), cuyo cumplimiento es exigible a la COOPAC FORTALEZA DE AYACUCHO, dispone que las COOPAC de Nivel 2 del Esquema Modular deben presentar sus estados fi nancieros con periodicidad trimestral; Que, de acuerdo a los estados fi nancieros remitidos por la COOPAC FORTALEZA DE AYACUCHO el 09.10.2020, mediante el Sistema de Envío de Información del Portal COOPAC de esta Superintendencia (SEI), correspondientes al 30.09.2020, la Cooperativa mantenía un patrimonio de S/ 64 844.94, siendo dicha información fi nanciera la última remitida por la Cooperativa a satisfacción de esta Superintendencia;