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8 NORMAS LEGALES Domingo 3 de abril de 2022 El Peruano / ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el Nuevo Apéndice III del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo DECRETO SUPREMO Nº 068-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo 61º del Texto Único Ordenado – TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se podrán modi fi car las tasas y/o montos fi jos, así como los bienes contenidos en los Apéndices III y/o IV; Que, se ha considerado conveniente modi fi car el Nuevo Apéndice III del citado TUO; En uso de las facultades conferidas por el artículo 61º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias; DECRETA:Artículo 1.- Exclusión de bienes del Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo Exclúyase del Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, hasta el 30 de junio de 2022, los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias: PARTIDAS ARANCELARIASPRODUCTOS 2710.12.13.21 2710.12.19.00 2710.12.20.00 2710.20.00.90Gasolina para motores con 7,8% en volumen de alcohol carburante, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 84, pero inferior a 90 2710.12.13.29 2710.12.19.00 2710.12.20.00 2710.20.00.90Las demás gasolinas para motores, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 84, pero inferior a 90 2710.12.13.31 2710.12.19.00 2710.12.20.00 2710.20.00.90Gasolina para motores con 7,8% en volumen de alcohol carburante, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 90, pero inferior a 95 2710.12.13.39 2710.12.19.00 2710.12.20.00 2710.20.00.90Las demás gasolinas para motores, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 90, pero inferior a 95 2710.19.21.11 / 2710.19.21.99Gasoils (gasóleo) 2710.20.00.11Diésel B2, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm 2710.20.00.12 / 2710.20.00.13Diésel B5 y Diésel B20, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm 2710.20.00.19Las demás mezclas de Diésel 2 con Biodiésel B100 Artículo 2.- Prórroga El presente decreto supremo puede ser prorrogado por un máximo de seis (6) meses adicionales, previa evaluación de la evolución del precio internacional del petróleo y su incidencia en los precios internos.Artículo 3.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de abril del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2054921-2 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0452-2022-IN Lima, 1 de abril de 2022VISTOS, el O fi cio N° 373-2022-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 000460-2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 18 de febrero de 2022, el Delegado Presidente de la Comunidad de Policías de América - AMERIPOL, extiende invitación a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, para participar de la “XIII Cumbre Ordinaria de AMERIPOL y Consejo de Directores de la Comunidad de Policías de América”, a desarrollarse entre el 6 y 9 de abril de 2022, en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla del departamento del Atlántico de la República de Colombia; Que, con Informe Nº 11-2022-COMGEN-SEC de fecha 8 de marzo de 2022, la Jefatura de la Secretaría Privada de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú comunica la participación del General de Policía Vicente Tiburcio Orbezo, del General de la Policía Nacional del Perú Óscar Manuel Arriola Delgado y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Richar Agustín Cano Pérez; asimismo, sustenta la importancia y viabilidad de dicha participación en los eventos internacionales antes mencionados; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 69-2022-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 22 de marzo de 2022, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial descrito precedentemente, del 6 al 10 de abril de 2022, al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla del departamento del Atlántico de la República de Colombia, para participar de la “XIII Cumbre Ordinaria de AMERIPOL y Consejo de Directores de la Comunidad de Policías de América”, toda vez que resulta importante para la Policía Nacional del Perú que se realicen actividades y coordinaciones con sus similares de instituciones policiales extranjeras o con funcionarios de instituciones de seguridad, así como con organismos de otros países de ámbito nacional o local; asimismo, se sustenta la importancia de la participación del personal policial designado, para el fortalecimiento de la cooperación internacional en materia de seguridad, prevención y lucha contra la delincuencia organizada transnacional; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior; mientras que los gastos de transporte