Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (05/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Martes 5 de abril de 2022 El Peruano / también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad”; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 007-2022-SUCAMEC de fecha 05 de enero de 2022, se delegó facultades y atribuciones en materia de Gestión Administrativa, Presupuestaria y de Contrataciones del estado, a favor de funcionarios de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas. Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC; Que, se ha visto por conveniente modi fi car aquellas facultades y atribuciones otorgadas al Gerente General y al Jefe de la O fi cina General de Administración en materia de Gestión Administrativa y de Contrataciones del Estado, con el propósito de desconcentrar las facultades y agilizar la operatividad administrativa de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, así como la Programación de las metas institucionales correspondientes al Año Fiscal 2022; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, conforme a las facultades conferidas en el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la SUCAMEC, el Decreto Supremo N° 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modi fi cado por Decreto Supremo N° 017- 2013-IN; Con el visado del Gerente General, del Jefe de la O fi cina General de Administración y de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 007-2022-SUCAMEC, en el extremo relacionado a las facultades y atribuciones otorgadas al Gerente General y al Jefe de la O fi cina General de Administración en materia de Gestión Administrativa y de Contrataciones del Estado para el Año Fiscal 2022, conforme al siguiente detalle: 1. Gerente General:1.1 En materia administrativaa) Aprobar directivas internas para la racionalización del gasto y para el uso adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante la ejecución presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2022, pudiendo dictar medidas que resulten complementarias, a excepción de aquellas que correspondan a la O fi cina General de Administración, conforme a las disposiciones que dicta la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. b) Designar a los Titulares y Suplentes de las Cuentas Bancarias de la entidad. c) Suscribir contratos de consultoría derivados de Convenios de Cooperación Técnica Internacional No Reembolsable u otros instrumentos de similar naturaleza y sus respectivas adendas. d) Aprobar los actos de adquisición a que se re fi ere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA, dando cuenta al Superintendente Nacional. e) Emitir directivas, lineamientos y resoluciones en el ámbito de competencia de los sistemas administrativos, dando cuenta a la Superintendencia Nacional. 1.2 En materia de contrataciones del Estadoa) Aprobación del Plan Anual de Contrataciones del Pliego 072: SUCAMEC, y sus respectivas modi fi caciones. b) Resolver los recursos de apelación que interpongan los postores en los procedimientos de selección. 2. Jefe de la O fi cina General de Administración:2.1 En materia administrativa a) Representar a la SUCAMEC ante las entidades públicas y privadas en asuntos de naturaleza tributaria, registral, municipal, fi nanciera, de servicios básicos y telecomunicaciones, entre otras, encaminadas a ejecutar trámites administrativos que se gestionan ante dichas entidades. b) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes muebles e inmuebles. c) Autorizar encargos y el reconocimiento de devengados. d) Autorizar la apertura de caja chica.e) Aprobar los reembolsos derivados de solicitudes de viáticos. f) Aprobar los asientos contables.g) Aceptar legados, donaciones y otras liberalidades de bienes no dinerarios que se hagan a favor de la SUCAMEC, dando cuenta a la Gerencia General y a la Superintendencia Nacional. 2.2 En materia de contrataciones del Estadoa) Aprobar las Contrataciones Directas en los supuestos previstos en el literal e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225. Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF. b) Aprobación de Estandarización y Homologación de Bienes y Servicios para cualquier tipo y/o modalidad de procedimiento de selección, así como las provenientes de las compras directas. c) Aprobar las Bases de los expedientes de contratación para cualquier tipo de procedimiento de selección y/o modalidad de selección; así como las provenientes de las contrataciones directas, aprobadas conforme a la normatividad vigente. d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Especiales de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos, incluidos los procedimientos de adjudicación simpli fi cada derivados de los mismos, según corresponda. Así como modi fi car su composición. e) Designar a los integrantes titulares y suplentes de todos los procedimientos de selección que no se encuentran comprendidos en el párrafo anterior, de acuerdo con la normativa sobre Contrataciones del Estado. f) Designar inspectores de obra.g) Designar al Comité de Recepción de Obra.h) Aprobar las intervenciones económicas de obra, así como designar los interventores de obra y emitir la resolución que modi fi que la designación del interventor de obra. i) Aprobar los expedientes de contratación para cualquier tipo de procedimiento de selección y/o modalidad de selección, así como el Expediente de Contratación de Compras Directas. j) Aprobar Expedientes Técnicos de Obra o Estudios Defi nitivos de Obra para cualquier tipo de procedimiento de selección. k) Aprobar el Otorgamiento de la Buena Pro a las ofertas que superen el valor referencial o el valor estimado de la convocatoria, previa autorización de la Superintendencia Nacional. l) Formalizar la cancelación de los procedimientos de selección. m) Suscribir los contratos y adendas derivadas de los procedimientos de selección regulados por la normativa de Contrataciones del Estado. n) Aprobar y suscribir las contrataciones complementarias de bienes o servicios. o) Autorizar adelantos según la normativa vigente.p) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios, hasta el límite del veinticinco por ciento (25%), del monto del contrato original. q) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios, hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. r) Resolver los contratos relativos a la contratación de bienes o servicios u obras.