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103 NORMAS LEGALES Sábado 23 de abril de 2022 El Peruano / regulados en el numeral precedente, lo cual se precisa en el Informe Técnico sustentatorio. Que, la Secretaria de Gestión Pública, mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 00010-2021-PCM/SGP, que aprueba la Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos de organización, estructura y funcionamiento del Estado, publicada en el Diario O fi cial el Peruano el 17 de julio de 2021, en el Subcapítulo II en el ámbito regional y local, en su artículo 17, precisa que el expediente que sustenta la aprobación o modi fi cación del ROF de un gobierno regional o de una municipalidad contiene la siguiente documentación, según corresponda: a. El proyecto de ordenanza regional u ordenanza municipal. b. El proyecto de ROF, el cual contiene títulos, capítulos y artículos. c. El informe técnico al que se re fi ere el artículo 47 de los LOE, el cual incluye, según corresponda, la sección 1 (justi fi cación de la necesidad), sección 2 (análisis de racionalidad) y/o sección 3 (recursos presupuestales) y/o anexos, elaborado por el órgano de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional o municipalidad proponente. d. El informe legal elaborado por el órgano de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional o municipalidad proponente, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización. Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2020-PCM/SGP, Aprueban los Lineamientos Nº 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”, publicada en el diario o fi cial el Peruano el 22 de mayo del 2020. En su Artículo 3.- Ámbito de aplicación, a la letra dice: “Los Lineamientos aprobados en el artículo 1 se aplican a aquellas entidades públicas que de conformidad con la normativa de la materia les corresponde contar con un Reglamento de Organización y Funciones”. Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP, Aprueban los lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organizaciones y Funciones ROF y el Manual de Operaciones - MOP, publicada en el Diario O fi cial el Peruano el 20 de setiembre del 2020. En su Artículo 2 Ámbito de aplicación y fi nalidad, dice: “Los Lineamientos aprobados en el artículo 1 son de alcance nacional y tienen como fi nalidad orientar a las entidades públicas en su diseño organizacional y sobre los diversos aspectos relacionados con el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, en concordancia con lo dispuesto en la normativa de la materia”. Que, con Ordenanza Municipal Nº 028-2015- AL/CPB, se aprobó la reestructuración parcial de la Estructura Orgánica y la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, publicado en el Diario O fi cial el Peruano con fecha 11 de diciembre de 2015, y sobre la base de ésta Ordenanza, se han aprobado e incorporado las normas municipales: Ordenanza Municipal Nº 016-2016-AL/CPB, Ordenanza Municipal Nº 017-2016-AL/CPB, Decreto de Alcaldía Nº 010-2017-AL/MPB, Decreto de Alcaldía Nº 001-2018-AL/MPB, Acuerdo de Concejo Nº 017-2018-AL/CPB, Acuerdo de Concejo Nº 038-2018-AL/CPB, y Ordenanza Municipal Nº 015-2018-AL-MPB, actualizándose el ROF-2018 hasta el 23 de octubre del 2018, vigente a la fecha. Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 0632- 2019-AL/RRZS-MPB, de fecha 14 de octubre del 2019, el titular de pliego, conformó la Comisión Técnica para la Reestructuración Parcial de la Estructura Orgánica y modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Barranca, cuyos miembros han cumplido con la labor encomendada, tal como consta en las actas de trabajo que forman parte del expediente. Que, la Sub Gerencia de Planeamiento, Organización y Métodos, en su condición en parte de órgano de asesoramiento, que depende de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante INFORME Nº 068-2022-SGPOM-MPB de fecha 18 de febrero del 2022, informa a su superior jerárquico, que ha concluido la elaboración del proyecto modi fi cado parcialmente del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), adecuado al nuevo marco normativo sobre la materia; enfatizando los siguientes aspectos: I.- Marco normativo vigente; y II.-Especi fi caciones del expediente que sustenta la modi fi cación parcial del ROF; adjuntando a dicho informe la siguiente documentación: I.- El proyecto de la ordenanza municipal, II.- El proyecto del ROF modi fi cado que consta de cinco (5) títulos, diez (10 ) capítulos, treinta (30) subcapítulos, ciento cuarenta y ocho (148) artículos, veintiuno (21) disposiciones complementarias, transitorias y fi nales, y Anexos: 1.- Niveles organizacionales y tipos de unidades de organización, y 2.- Organigrama Estructural; y III.- El Informe Técnico que sustenta la propuesta de modi fi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Barranca, con 25 páginas, que contiene: A.- El Marco normativo que ampara la modi fi cación del ROF; B.- Consideraciones del informe técnico; C.- Desarrollo del Informe Técnico: SECCIÓN 1- Justi fi cación de la necesidad, SECCIÓN 2- Análisis de racionalidad, literales a) Justi fi cación de la Estructura Orgánica, b) Identi fi cación y justi fi cación técnica y legal de las funciones sustantivas asignadas a los órganos de línea de la entidad, y c) Análisis de no duplicidad de funciones; y D.- ANEXOS: l.- Organigrama Estructural, y 2.- Cuadro de necesidades de Personal. Que, concordante con el considerando octavo de la presente ordenanza, en virtud del marco legal señalado, para el caso en concreto de la Municipalidad Provincial de Barranca, le es aplicable el supuesto c. Por reasignación o modi fi cación de funciones, sin que se modi fi que la estructura orgánica, sustentado en el Informe Técnico correspondiente. Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, con Memorándum Nº 0127-2022-GPP- MPB, rati fi ca que es procedente técnicamente el proyecto de la MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA, elaborado por la Sub Gerencia de Planeamiento, Organización y Métodos, con participación directa de la Comisión Técnica conformado para tal fi n. Que, mediante Informe Nº 0210-2022-MPB/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina y valida que el proyecto del ROF 2022, cumple los requisitos mínimos legales para su aprobación. Que, por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9º numeral 8 y Art. 392 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el pleno de Concejo Municipal con el voto UNÁNIME de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprueba la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Artículo 1º.- APROBAR, la Modi fi cación Parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Barranca, adecuado al nuevo marco normativo; documento de gestión que consta de cinco (5) títulos, diez (10) capítulos, treinta (30) subcapítulos, ciento cuarenta y ocho (148) artículos, veintiuno (21), disposiciones complementarias, transitorias y fi nales, y Anexos: 1.- Niveles organizacionales y tipos de unidades de organización, 2.- Organigrama Estructural, y 3.- Referencia Normativa- base de la Estructura Orgánica y el ROF- 2018, un total de ciento once (112) Páginas, el mismo que en ANEXO forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- DISPONER, que la Gerencia Municipal, y demás, unidades de organización de la municipalidad, adecuen los instrumentos de gestión institucional de su competencia, conforme al ROF aprobado en el artículo 1º de la presente ordenanza. Artículo 3º.- DEJAR, sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 028-2015-AL/MPB, sus modi fi catorias y todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la Publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091.