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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (29/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 134

134 NORMAS LEGALES Viernes 29 de abril de 2022 El Peruano / Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo artículo 2° literal a) se precisa que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se de fi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos; Que, a través de los artículos 7°, 8°, 9º y 10° del Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modi fi catoria la Ley N° 29298, se disponen las Fases del Proceso Participativo:1) Fase de Preparación,2) Fase de Concertación,3) Fase de Coordinación entre niveles de Gobierno y 4) Fase de Formalización; Que, el Decreto Supremo N° 097-2009-EF establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos presupuestos participativos; Que mediante el numeral 1 del Capítulo II - Fases y Particularidades del Presupuesto Participativo - del Instructivo para el Presupuesto participativo Basado en resultados N° 001-2010-EF/76.01, aprobado con Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, se dispone que antes del inicio de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identi fi cación y capacitación de los agentes participantes es necesaria la aprobación de la Ordenanza, que reglamenta e Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del Equipo Técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el pliego, Anexo N° 02: Guía de contenidos mínimos de ordenanza del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 057-2020 de fecha 19 de mayo de 2020 se establece en su 4° artículo la suspensión del presupuesto participativo durante el año fi scal 2020; asimismo, a través del artículo 8° del Decreto de Urgencia N° 024-2021, publicado el 08 de marzo de 2021, se suspenden las actividades del proceso de presupuesto participativo regulado por la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, con el fi n de contribuir a las medidas de distanciamiento social en el marco del Estado de Emergencia Nacional declarado por la propagación de la COVID-19, salvo en aquellos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que tengan implementados mecanismos de tecnologías digitales que permitan la participación de la población asegurando la participación inclusiva y representativa de todas las organizaciones y ciudadanos, o en aquellos Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales en los cuales ya se realizó el proceso de presupuesto participativo; Que, estando a la norma precitada y los antecedentes señalados en el Decreto de Urgencia N° 024-2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto realizó la consulta a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, respecto de la posibilidad para la Municipalidad Distrital de Bellavista, de llevar a cabo el proceso del Presupuesto Participativo 2023 en modalidad virtual, teniéndose que está ultima, luego de su evaluación, señala que es factible llevarlo a cabo virtualmente; Que, mediante Informe N° 031-2022-MDB/GPP de fecha 19 de abril de 2022, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto eleva la propuesta consolidada del proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Bellavista para el año 2023, propuesta que tiene como fi nalidad promover y fortalecer la participación vecinal en la jurisdicción del distrito de Bellavista, para la formulación y elaboración del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2023, basándose en la identi fi cación de los problemas relevantes y la concertación del proyectos de inversión pública; Que, mediante Informe N° 180-2022-GAJ/MDB de fecha 21 de abril de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión favorable para la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Bellavista para el año fi scal 2023, señalando que se debe elevar al Concejo Municipal para su aprobación por el Pleno; asimismo, se cuenta con el Dictamen N° 10-2022-MDB/SR-CARYDU de la Comisión de Administración, Rentas y Desarrollo Urbano, que propone al Concejo Municipal Distrital de Bellavista su aprobación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE BELLAVISTA PARA EL AÑO 2023 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de Bellavista para el año fi scal 2023, que consta de cinco (5) capítulos, veintitrés (23) artículos y tres (3) Disposiciones Complementarias, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias necesarias para la adecuación, modi fi cación y aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Participación Vecinal y demás unidades orgánicas que directa y/o indirectamente ejecuten las acciones que correspondan a sus competencias y atribuciones, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 006-2019-MDB y cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sugerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones encargar la publicación de la Ordenanza y su Reglamento en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista www.munibellavista.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 2061980-1 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban la Ordenanza para el Programa de Vivienda de Ventanilla - PROVIVE, y establecen los pr ocedimientos vinculados al Programa “Techo Propio”, en las modalidades de “Construcción en Sitio Propio” y “Mejoramiento de Vivienda”, en el distrito de Ventanilla ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2022/MDV Ventanilla, 28 de marzo de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo virtual (en atención al Decreto de Urgencia N° 026-2020, el mismo que