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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (29/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 123

123 NORMAS LEGALES Viernes 29 de abril de 2022 El Peruano / retención y colaboración de cientí fi cos y tecnólogos, así como para el apoyo a la investigación universitaria y para la promoción de proyectos de innovación, transferencia, difusión, intercambio y divulgación de la ciencia, tecnología e innovación. h) Diseñar estrategias, políticas sobre transferencia de tecnología, así como los mecanismos de cooperación con otras provincias de la región y entidades públicas y privadas en materia de ciencia, tecnología e innovación. i) Promover y apoyar la formación, capacitación, actualización y perfeccionamiento de capacidades humanas e institucionales para proponer iniciativas que resuelvan y apoyen a la resolución de problemas o situaciones que limiten el desarrollo de la ciencia, tecnología y la innovación tecnológica. j) Promover la investigación, la transferencia de tecnología y la innovación orientadas a incrementar la competitividad regional y el impulso al empleo productivo en todos los niveles. k) Promover el desarrollo de una red regional de información cientí fi ca e interconexión telemática, para un manejo ágil, oportuno y e fi ciente de la estadística cientí fi ca – tecnológica que permita la obtención de la información necesaria para el planeamiento, operación y promoción de ciencia, tecnología e innovación. l) Fomentar la creación de Parques Tecnológicos.m) Promover y orientar las relaciones con organismos nacionales e internacionales de cooperación técnica y fi nanciera para proyectos y actividades cientí fi cas y tecnológicas. n) Fomentar la creatividad e innovación a los estudiantes de la EBR, realizando talleres de capacitación. o) Otras establecidas por Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la Secretaría Técnica del Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CORCYTEC) Tumbes, al Gobierno Regional de Tumbes, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Gobierno Regional de Tumbes, a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, gestionar los recursos económicos y logísticos necesarios que permitan el adecuado funcionamiento del Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CORCYTEC) Tumbes. Artículo Sexto.- DEJAR sin efecto toda disposición regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional”. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica del Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CORCYTEC) Tumbes, la elaboración del Proyecto de Reglamento Interno del CORCYTEC Tumbes, dentro de los 30 días calendarios de entrada en vigencia de la presente norma regional, el mismo que será aprobado con Decreto Regional. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los 12 días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. ANTONIO MANUEL ESPINOZA SORIANO Consejero Regional POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes a los 17 días del mes de diciembre del año dos mil veinituno. JOSÉ A. ALEMAN INFANTE Gobernador Regional (e) 2061766-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 45-2022-A-MDA Ancón, 12 de abril de 2022VISTO:Memorándum Nº 136-2022-GM/MDA, de la Gerencia Municipal, Informe Nº 028-2022-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 341-2022-GSC/MDA, y Memorándum Nº 242-2022-GSC/MDA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Informe Nº 032-2021-2021-GPPPI/MDA, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194 de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, menciona que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Alcaldía es un órgano ejecutivo de gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, el Artículo 32 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los servicios públicos locales pueden ser de gestión directa y de gestión indirecta, siempre que sea permitido por ley y que se asegure el interés de los vecinos, la e fi ciencia y e fi cacia del servicio y el adecuado control municipal; Que, el Artículo 43 de la citada norma, señala que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D.S. Nº 004-2019-JUS, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 143- 2019-A/MDA, se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Ancón, la misma que ha sido modi fi cada mediante Resoluciones de Alcaldía Nº 089-2021-A/MDA, Nº 158-2021-A/MDA, Nº 169-2021-A/MDA, Nº 197-2021-A/MDA y 20-2022-A/MDA; Que mediante Memorándum Nº 341-2022-GSC/MDA, y Memorándum Nº 242-2022-GSC/MDA de fechas 7 de abril 2022 y 11 de marzo de 2022 respectivamente, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, solicita la incorporación de un servicio relacionado con el cementerio Municipal de Ancón; Que, mediante Informe Nº 032-2021-2021-GPPPI/ MDA de fecha 22 de marzo de 2022, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, concluye que es viable la inclusión en el TUSNE del Servicio de Construcción y/o modi fi cación de Mausoleo en el cementerio Municipal de Ancón y remite el proyecto de Resolución de Alcaldía que incluye el