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134 NORMAS LEGALES Sábado 6 de agosto de 2022 El Peruano / El contenido del CD y el módulo informático a utilizarse podrán ser veri fi cados aleatoriamente por el Notario Público, antes de iniciarse los sorteos respectivos. Al fi nal del sorteo el Notario Público elaborará un acta en la que se detallarán las incidencias del acto y en la que se especi fi carán los datos de los contribuyentes ganadores del sorteo. La mencionada acta deberá ser suscrita por el Notario Público, por el representante de la Gerencia de Administración Tributaria y por el técnico de la Sub Gerencia de Tecnología de la Información responsable del manejo del módulo informático creado para el sorteo. 6. FUNCIONES DEL MÓDULO INFORMÁTICO El sistema funcionará de la siguiente manera: 6.1 Iniciar el contador de premios, empezando en uno. 6.2 Para cada nuevo premio, buscará de forma aleatoria un registro del total de registros, no considerándose los registros que ya tienen un valor en el campo Número de premio. Dicho registro aleatorio será el ganador del premio. 6.3 Mostrar el nombre del contribuyente, correspondiente a dicho número aleatorio, y actualizar el campo Número de premio con el Número de premio del paso 2 a todos los registros que pertenezcan a dicho contribuyente ganador. De esta forma el contribuyente ganador de un premio ya no puede participar en el sorteo de los siguientes premios. Para adecuar el funcionamiento del módulo informático la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, deberá coordinar los insumos y equipos técnicos con las áreas que correspondan para la realización del sorteo. 7. NOTIFICACIÓN A LOS GANADORES A mérito del contenido del acta elaborada al fi nal del acto público, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas declarará a los ganadores del sorteo. Una vez declarados los ganadores, la Secretaria General procederá a noti fi car a los ganadores a través de una carta en el domicilio fi scal registrado en la base de datos de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, información que será proporcionada por la Sub Gerencia de Tecnología de la Información. La gestión de noti fi cación a los ganadores, deberá iniciarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la realización del sorteo. Agotada esta vía de noti fi cación sin que el ganador tomará conocimiento del resultado del sorteo respectivo, este se tendrá por noti fi cado a través de la publicación de los resultados del sorteo en la Portal Web de la Municipalidad de La Perla (https://www.munilaperla.gob.pe/), en el Facebook de la Municipalidad de La Perla y, de manera presencial, a través de a fi ches con la lista de ganadores que serán difundidos en módulos de cobranza de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. 8. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS La Gerencia de Administración Tributaria y Rentas publicará los resultados del sorteo en el Portal Web y redes sociales institucional, y en los diferentes módulos de cobranza de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la realización del sorteo. Los resultados permanecerán publicados por el lapso de cuarenta y cinco (45) días calendario. 9. ENTREGA DE LOS PREMIOS La entrega de premios por medidas de bioseguridad en prevención de la COVID–19, se realizará presencialmente de forma gradual previa coordinación mediante el correo electrónico institucional. El representante de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas designado, fi rmará en señal de conformidad el acta de entrega de premio a los titulares o representantes de los ganadores debidamente identi fi cados con el documento nacional de identidad. Si el ganador de uno de los premios fuera una persona natural que por algún motivo no pudiera acercarse personalmente a recogerlo, podrá ser representado por un tercero, con la exhibición y entrega a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de una carta poder simple, original y copia del documento de identidad del representante y del ganador. 10. PLAZO PARA EL RECLAMO DE PREMIOS El plazo de vigencia para reclamar los premios regirá a partir de la fecha de la primera noti fi cación al ganador por parte de la Sub Gerencia de Comunicaciones y hasta sesenta (60) días hábiles posteriores. Vencido el plazo establecido, el premio retornará a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas sin lugar a reclamo, con el único fi n de ser utilizados como premiso de otro sorteo dirigido a los contribuyentes. 11. DEL SOMETIMIENTO A LAS BASES La participación en el presente sorteo es gratuita y automática para todos los contribuyentes que cumplan con lo establecido en el punto 2., inciso 2.1 del presente Anexo 0.- “Paga en Un Click en el Portal Web”. Todos los contribuyentes puntuales participantes del sorteo “PAGA EN UN CLICK EN EL PORTAL WEB”, aceptan y se someten a las presentes bases. 12. COMITÉ DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y RECLAMOS El Comité de Solución de Con fl ictos y Reclamos estará encargado de regular cualquier situación no prevista en las presentes bases, así como resolver los con fl ictos o reclamos que pudieran presentarse durante el sorteo “PAGA EN UN CLICK EN EL PORTAL WEB”. Conforman el Comité de Solución de Con fl ictos y Reclamos: un representante de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, un representante de la Gerencia de Administración y Finanzas, un representante de la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización; y un representante de la Gerencia de Asesoría Jurídica quien lo preside, instala y convoca en caso se presente un con fl icto o reclamo. Realizado el sorteo, entregados los premios y consentida la disposición que pone fi n a un reclamo o confl icto, dicho comité cesa en sus funciones pudiendo sin embargo reunirse y sesionar en casos de excepción. 13. AUTORIZACIÓN PARA LA DIFUSIÓN DE LA IMAGEN DE LOS PARTICIPANTES El sometimiento a las bases implica que todos los contribuyentes puntuales participantes, en especial quienes resultasen ganadores del sorteo “PAGA EN UN CLICK EN EL PORTAL WEB”, autorizan a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a utilizar y difundir su imagen con fi nes publicitarios relacionados a la campaña, renunciando a obtener bene fi cios económicos o de cualquier otra índole por esta difusión o por su participación en los eventos organizados por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. 14. INCREMENTO DE BENEFICIOS PARA CONTRIBUYENTES PARTICIPANTES De ser el caso de que otros bene fi cios se vayan incorporando al “PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA EL VECINO PUNTUAL DEL DISTRITO DE LA PERLA.- ANEXO 02 PAGA UN CLICK EN EL PORTAL WEB”, seria anexado mediante Resolución de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad de Distrital de La Perla. 2092429-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2022-MPT Trujillo, 21 julio del 2022