TEXTO PAGINA: 118
118 NORMAS LEGALES Sábado 6 de agosto de 2022 El Peruano / en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante el Sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N°27867 y sus modi fi catorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N°005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, ACORDÓ POR UNANIMIDAD; Artículo Primero.- APROBAR; la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pacanga, hasta por la suma de S/. 1, 674,358.00 (UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES TRES), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI N° 2491561 denominado “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN DE LOS SECTORES LAS AMÉRICAS, NADINE HEREDIA Y BELLAVISTA DEL C.P. PACANGUILLA DEL DISTRITO DE PACANGA - PROVINCIA DE CHEPEN - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el inciso l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la Transferencia Financiera que se aprueba en el artículo Primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la supervisión para el adecuado uso de los recursos fi nancieros del Estado, bajo responsabilidad; y, poner en conocimiento al OCI del Gobierno Regional de La Libertad para efectos del control concurrente a la ejecución del Proyecto detallado en el artículo primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Quinto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.GONZALO ALFREDO RODRIGUEZ ESPEJO Presidente del Consejo Regional 2093072-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba el Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado Santa María de Huachipa ORDENANZA Nº 2491-2022 Lima, 3 de agosto de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Extraordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como en el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Participación Vecinal, Mujer e Igualdad y de Asuntos Legales, mediante sus Dictámenes N° 05-2022-MML/CMPVMI y N° 030-2022-MML-CMAL, de fechas 14 y 18 de julio de 2022, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES DEL CENTRO POBLADO SANTA MARÍA DE HUACHIPA Artículo 1. Aprobar el Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado Santa María de Huachipa, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2. Disponer que los órganos competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima provean a la Gerencia de Participación Vecinal de apoyo para la realización del Proceso Electoral del Centro Poblado Santa María de Huachipa, así como de los recursos fi nancieros y logísticos que resulten necesarios para el cumplimiento de dicho proceso dentro de los plazos previstos en la presente Ordenanza, bajo responsabilidad. Artículo 3. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza y su Reglamento en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia del Gobierno Digital e Innovación, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES DEL CENTRO POBLADO SANTA MARÍA DE HUACHIPA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento es un instrumento normativo cuya fi nalidad es plani fi car, organizar y ejecutar el proceso de elección democrática del Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa (en adelante, CP SMH), el mismo que se encuentra dentro del marco normativo establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, Ley N° 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados y su modi fi catoria Ley N° 31079 y la Resolución N° 0362-2022-JNE, que aprueba el Reglamento Marco para las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centro Poblados 2022. Artículo 2. Base legal. a) Constitución Política del Perú de 1993. b) Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones.c) Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales.d) Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modi fi cada por la Ley Nº 31079. e) Ley N° 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados.