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88 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de agosto de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Erick Fernando Hernandez Ascencio, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Parcona, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2094085-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Vista Alegre RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1697-2022-MP-FN Lima, 9 de agosto de 2022 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cio N.º 1333-2022-MP-FN-PJFSICA, cursado por la abogada Alicia Balbina Palomino Villaverde, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, se eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Vista Alegre, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo N.º 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Fiorela Inés Huamani Rupay, Fiscal Adjunta Provincial Titular Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios (Corporativa) de Ica, Distrito Fiscal de Ica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ica, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 644-2020-MP-FN, de fecha 14 de mayo de 2020. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Fiorela Inés Huamani Rupay, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Vista Alegre, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2094090-1 Nombran y designan fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1698-2022-MP-FN Lima, 9 de agosto de 2022 VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nros. 031 y 054-2022-MP-FN-FSFCEC- LIMA-JHFLC, cursados por el abogado Juan Humberto Flores Cáceres, Jefe de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, mediante los cuales precisa sus pedidos de conclusiones de nombramientos y designaciones, así como solicita nuevos nombramientos y/o designaciones de personal fi scal, con la fi nalidad de reorganizar los Despachos Fiscales pertenecientes a su subsistema. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los