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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (10/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de agosto de 2022 El Peruano / de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, asignar una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.º 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, referidas en el primer párrafo, al Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, así como, previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y/o designar al personal fi scal que ocupe provisionalmente los referidos cargos, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y/o toma de posesión y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo N.º 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Asignar, de manera temporal, una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales a nivel nacional, creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.º 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, al Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2022. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Kelinda Janampa Oscategui, Fiscal Provincial Titular Especializada en Trá fi co Ilícito de Drogas con Competencia Nacional, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Piura, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 1884-2021-MP-FN, de fecha 29 de diciembre de 2021. Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Luis Ismael Martínez Morales, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 4219-2018-MP-FN, de fecha 28 de noviembre de 2018. Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Kelinda Janampa Oscategui, Fiscal Provincial Titular Especializada en Trá fi co Ilícito de Drogas con Competencia Nacional, en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder. Artículo Quinto.- Nombrar al abogado Luis Ismael Martínez Morales, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder.Artículo Sexto.- Disponer que el nombramiento y designaciones de manera temporal del personal fi scal señalado en los artículos cuarto y quinto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y/o toma de posesión y hasta el 31 de diciembre de 2022, de conformidad con lo dispuesto por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.º 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021 y al o fi cio N.º 9961-2022-MP-FN- GG-OGPOHU-OAPH, así como, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Séptimo.- Precisar que estaría quedando pendiente el nombramiento y designación de un (01) Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, conforme a lo señalado en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Callao, Lima Centro y Piura, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, Coordinador del Despacho de la Fiscal de la Nación, ante la Sección de Asuntos para Narcóticos (NAS) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y delitos conexos, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2094036-1 Nombran y designan fiscales en los Distritos Fiscales de La Libertad y Tumbes RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1684-2022-MP-FN Lima, 9 de agosto de 2022VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio N.º 2269-2022-MP-FN-OCE-FEDTID, cursado por el abogado Daniel Alberto Jara Espinoza, Jefe de la O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, mediante el cual eleva la propuesta de rotación de Fiscales Adjuntos Provinciales de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas a nivel nacional, por necesidad de servicio; en consecuencia, se hace necesario expedir el resolutivo correspondiente. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, en mérito a la diferencia señalada en el párrafo precedente, cabe destacar que, el numeral 64.2 del artículo 64º de la Ley N.º 30483, Ley de la Carrera Fiscal y su modi fi catoria, de fi ne a los fi scales provisionales como “aquellos fi scales titulares que ocupan en caso