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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (16/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Martes 16 de agosto de 2022 El Peruano / Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, a los siguientes señores: - ABEL CÉSAR GAMARRA MALPARTIDA, quien lo presidirá. - MAXIMO GUSTAVO RAMÍREZ DE LA CRUZ. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental noti fi que la presente Resolución a la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL y a los miembros de su Directorio, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2095979-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano malasio para ser extraditado de la Mancomunidad de Australia y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 145-2022-JUS Lima, 15 de agosto de 2022VISTO; el Informe N.º 046-2022/COE-TPC, del 22 de marzo de 2022, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad malasia AHMAD SHURADIN BIN ALI o ALI AHMAD SHRADIN, formulada por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser extraditado de la Mancomunidad de Australia y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 7 de octubre de 2021, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad malasia AHMAD SHURADIN BIN ALI o ALI AHMAD SHRADIN, formulada por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser procesado por la presunta comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano (Expediente N.º 93-2021); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N.º 046-2022/COE-TPC, del 22 de marzo de 2022, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano; Que, también propone la mencionada Comisión, requerir que las Autoridades Centrales de ambos países verifi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición; Que, entre la República del Perú y la Mancomunidad de Australia no existe tratado bilateral de extradición, por lo que resulta aplicable la Convención de las Naciones Unidas contra el Trá fi co Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas fi rmada por el Perú el 20 de diciembre de 1988 y rati fi cada el 16 de enero de 1992 y fi rmada por Australia el 14 de febrero de 1989 y rati fi cada el 16 de noviembre de 1992, y en su defecto, el principio de reciprocidad en un marco de respeto de los derechos humanos; así como el Código Procesal Penal peruano y el Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga la citada Convención; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano malasio AHMAD SHURADIN BIN ALI o ALI AHMAD SHRADIN para ser extraditado de la Mancomunidad de Australia y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano. Artículo 2.- Disponer que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República FÉLIX I. CHERO MEDINA Ministro de Justicia y Derechos Humanos MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ MACKAY Ministro de Relaciones Exteriores 2095991-2 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado de la República Argentina y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 146-2022-JUS Lima, 15 de agosto de 2022VISTO; el Informe N.º 045-2022/COE-TPC, del 22 de marzo de 2022, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y