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9 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2022 El Peruano / situacional de los indicadores de contaminación por metales pesados u otras sustancias químicas y el nivel de afectación de los ciudadanos. Artículo 3. Medicina y salud intercultural para enfrentar la contaminación por metales pesados u otras sustancias químicas El Ministerio de Salud y sus órganos competentes, el Ministerio de Cultura y los gobiernos regionales propician, promueven y ejecutan la medicina y la salud intercultural e incorporan a las poblaciones nativas u originarias para enfrentar la afectación por metales pesados u otras sustancias químicas. Artículo 4. Declaración de interés nacional y necesidad pública Se declara de interés nacional y necesidad pública la construcción, implementación y funcionamiento del hospital de desintoxicación de Nivel II-E y del laboratorio toxicológico en el departamento de Pasco, provincia de Oxapampa, distrito de Villa Rica, para la atención especializada de afectados con metales pesados y otras sustancias químicas a nivel nacional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Pertinencia y enfoque intercultural En el marco de la declaración de interés nacional y necesidad pública establecida en el artículo 4, la construcción, implementación y puesta en funcionamiento del hospital de desintoxicación de Nivel II-E y del laboratorio toxicológico para la atención especializada de pacientes afectados con metales pesados y otras sustancias químicas conforme al artículo 1, se realizan con pertinencia y enfoque intercultural. En el caso del departamento de Pasco, provincia de Oxapampa, distrito de Villa Rica, se incorporan a las comunidades asháninca y yánesha. SEGUNDA. Acciones de los ministerios de Salud, de Cultura y de los gobiernos regionales correspondientes Se encarga al Ministerio de Salud y sus órganos competentes, al Ministerio de Cultura y al gobierno regional, en el marco de sus competencias y funciones, realizar las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veinte días del mes de julio de dos mil veintidós. LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta encargada de la Presidencia del Congreso de la República ENRIQUE WONG PUJADA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los dieciséis días del mes de agosto de dos mil veintidós. LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Presidenta del Congreso de la República MARTHA LUPE MOYANO DELGADO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 2096431-3PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican la Res. N° 041-2021-PCM-SD incorporando al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Mesa de Trabajo para el desarrollo del distrito de Mara, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 029-2022-PCM/SD Lima, 12 de agosto de 2022VISTOS:El Memorando Nº D000086-2022-PCM-SSFGD y el Informe Nº D000007-2022-PCM-SSARL-GYA; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 041-2021-PCM-SD, se conformó la Mesa de Trabajo para el desarrollo del distrito de Mara, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, en articulación con el “Espacio de diálogo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas y distrito de Progreso de la provincia de Grau del departamento de Apurímac” creado mediante Resolución Ministerial Nº 264-2021-PCM, a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de coordinar, analizar y establecer las propuestas de solución a la problemática del distrito de Mara, provincia de Cotabambas en el departamento de Apurímac, así como evaluar e identi fi car las acciones y actividades orientadas al fortalecimiento institucional y a la mejora de la respuesta estatal a las necesidades de bienes y servicios de calidad para la población, contribuyendo al desarrollo sostenible del referido distrito; Que, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 016-2022-PCM-SD se modi fi có el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 041-2021-PCM-SD determinándose que la mesa de trabajo estará en funcionamiento hasta el 30 de setiembre de 2022; Que, la Subsecretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada de la Secretaría de Descentralización, sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 03 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 041-2021-PCM-SD, con la fi nalidad de incorporar al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como integrante de dicha mesa de trabajo y con ello cumplir el objeto por el cual fue creado dicha mesa; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 3 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 041-2021-PCM-SD Modifícase el artículo 03 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 041-2021-PCM-SD, el cual queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 3 La Mesa de Trabajo está integrada de la siguiente manera: