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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (17/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2022 El Peruano / y compromiso voluntario, el acceso a los servicios de salud y educación, orientados a mejorar la salud y nutrición preventiva materno-infantil y la escolaridad sin deserción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional, que determina la estructura orgánica, describe sus funciones generales, las funciones especí fi cas de las unidades que la integran, así como la descripción de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo del Programa; Que, en virtud de las normas antes señaladas, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Juntos, teniendo entre sus funciones la emisión de Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia; Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 077-2021-MIDIS/PNADP-DE del 25 de mayo de 2021, se aprueba el Manual de Per fi les de Puestos, del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, que dejó sin efecto el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, aprobado mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 015-2018-MIDIS/PNADP-DE; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 123-2021-SERVIR-PE del 18 de agosto de 2021, la Autoridad Nacional del Servicio Civil formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) y declara iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres “JUNTOS”; Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 156-2022-MIDIS/PNADP-DE del 15 de agosto de 2022, se formaliza la aprobación del per fi l de puesto correspondiente a el/la Ejecutivo (a) de Tecnologías de la Información - Jefe/a de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, en el marco del literal c) del artículo 20 del Capítulo III de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH - Normas para la Gestión del proceso de diseño de Puestos y formulación del Manual de Per fi les de Puestos; Que, en mérito a la propuesta remitida con el Memorando N° 88-2022-MIDIS/PNADP-DE de la Dirección Ejecutiva, la Unidad de Recursos Humanos ha emitido el Memorando N° 1125-2022-MIDIS/PNADP-URH del 16 de agosto de 2022, señalando que el profesional Ramón Johny Pretell Cruzado cumple los requisitos establecidos en el per fi l del puesto de Ejecutivo (a) de Tecnologías de la Información – Jefe/a de la Unidad de Tecnologías de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, estimando viable su designación en dicho cargo de con fi anza a partir del 17 de agosto de 2022; Que, a través del Informe N° 213-2022-MIDIS/PNADP- UAJ del 16 de agosto de 2022, la Unidad de Asesoría Jurídica estima viable la emisión del acto que dispone la designación en el cargo indicado; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 032- 2005-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 062- 2005-PCM, el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS y el Decreto Supremo Nº 002-2021-MIDIS; la Resolución Ministerial N° 068-2020-MIDIS y estando a lo dispuesto por el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, aprobado con Resolución Ministerial N° 278-2017- MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al profesional Ramón Johny Pretell Cruzado en el cargo de con fi anza de Ejecutivo de Tecnologías de la Información – Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, a partir del 17 de agosto de 2022. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Unidad de Recursos Humanos para conocimiento y fi nes pertinentes.Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Comunicación e Imagen, publique la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” (www.gob.pe/juntos), en el plazo de dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESSICA NIÑO DE GUZMÁN ESAINE Directora EjecutivaPrograma Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS“ 2096236-1 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y crea el Fondo CRECER DECRETO SUPREMO Nº 185-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la micro, pequeña y mediana empresa y crea el Fondo CRECER, tiene como objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de la micro, pequeña y mediana empresa y de las empresas exportadoras por su alto impacto en la economía nacional, a través del Fondo CRECER para el fi nanciamiento, otorgamiento de garantías y similares, y otros productos fi nancieros; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del referido Decreto Legislativo establece la aprobación de su Reglamento mediante Decreto Supremo, a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas y refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de la Producción y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2019-EF se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y crea el Fondo CRECER; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 31483, Ley que promueve la formalización de las micro y pequeñas empresas a través del Fondo CRECER, incorpora el numeral 3 al artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1399, incluyéndose como empresas bene fi ciarias de todos los instrumentos del Fondo CRECER a las empresas comprendidas en el Programa Nacional “Tu Empresa” contempladas en el Decreto Supremo Nº 012-2017-PRODUCE, en el marco de las alternativas de fi nanciamiento viables establecidas en el Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, emprendimientos y startups; Que, la Única Disposición Complementaria Final de la citada Ley Nº 31483, establece que el Poder Ejecutivo reglamenta la referida ley en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario desde su publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, en ese sentido, resulta necesario modi fi car el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y crea el Fondo CRECER, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2019-EF, a fi n de adecuar dicha norma a lo establecido en el artículo 4 del citado Decreto Legislativo;