TEXTO PAGINA: 12
12 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2022 El Peruano / Nacional del Perú, se remiten al Ministerio de Defensa las respectivas propuestas de integrantes para la Junta de Sanidad Especial Interinstitucional de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, para el Año Fiscal 2022; Que, con el Oficio Nº 01188-2022-MINDEF/VRD- DGRRHH, la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa remite el Informe Técnico Nº 00009-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH-DISAN, de la Dirección de Sanidad que manifiesta la necesidad de aprobar la nueva conformación de la Junta de Sanidad Especial Interinstitucional para el Año Fiscal 2022; Que, por medio del Informe Legal Nº 00686-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa señala que resulta legalmente viable la emisión de la resolución suprema que designa a los representantes de los Sectores Defensa e Interior como integrantes de la Junta de Sanidad Especial Interinstitucional de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú para el Año Fiscal 2022, de acuerdo a lo establecido en las normas que regulan la materia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 009-2016-DE, que aprueba el Reglamento General para determinar la Aptitud Psicosomática para la permanencia en Situación de Actividad del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, que conforma la Junta de Sanidad Especial Interinstitucional de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú para el Año Fiscal 2022, de acuerdo al siguiente detalle: Policía Nacional del Perú Coronel SPNP Lindaura Santillan Alcas (Presidenta)Coronel SPNP Paul Italo De La Cruz Mendoza (Secretario)Coronel SPNP Edgar Joao Alejo Jesús (Componente Jurídico) Ejercito del Perú Coronel SAN MED Gustavo Zenón Tantas Oblitas (Componente Médico) Marina de Guerra del Perú Capitán de Navío SN (MC) Rolando Vargas Chang (Componente Médico) Fuerza Aérea del Perú Coronel FAP Médico Yovanna Beltrán Cruces (Componente Médico) Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2096430-11DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefe de la Unidad de Acompañamiento del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N°000071-2022-MIDIS/PNPDS-DE Magdalena del Mar, 16 de agosto de 2022VISTOS:El Memorando N° 000071-2022-MIDIS/PNPDS- DE emitido por la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 000294-2022-MIDIS/PNPDS-CRHU emitido por la Coordinadora de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, el Memorando N° 000400-2022-MIDIS/PNPDS-UPPM emitido por la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Memorando N° 000560-2022-MIDIS/PNPDS-UA emitido por la Unidad de Administración, el Informe N° 000116-2022-MIDIS/PNPDS-UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa CONTIGO y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2015- MIMP se creó el “Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza”, en el ámbito del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para otorgar una pensión no contributiva a cargo del Estado a las personas con discapacidad severa en situación de pobreza que cumplan con los requisitos allí establecidos; Que, con Decreto de Supremo Nº 008-217-MIDIS, se aprueba la transferencia del Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables al Ministerio de Desarrollo Inclusión Social; modi fi cándose su denominación a “Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO; Que, la Ley N° 29849 – Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y Otorga derechos laborales”, establece en su Primera Disposición Complementaria que “El personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4° de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo”; es decir, queda establecido que el empleado de con fi anza, según las de fi niciones de la Ley Marco del Empleo Público, puede ser contratado mediante el régimen del Decreto Legislativo 1057, estando excluido de la realización del concurso público; Que, mediante Resolución Ministerial N° 067-2020-MIDIS publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el día 09 de abril de 2020, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa CONTIGO; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000061-2022-MIDIS/PNPDS-DE de fecha 5 de julio de 2022, se encargó a la profesional Isabel Angélica Valerio Vivas, en adición a sus funciones, la jefatura de la Unidad de Acompañamiento; Que, mediante Memorando Nº 000071-2022-MIDIS/ PNPDS-DE de fecha 12 de agosto de 2022, el despacho de la Dirección Ejecutiva solicita dar trámite a la propuesta de designación del profesional Wily Marambo Alvarez Pasquel en el cargo de Jefe de la Unidad de Acompañamiento del Programa CONTIGO;