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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (17/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2022 El Peruano / Que, mediante los Memorandos Nºs 1214-2022- EF/43.02 y 1356-2022-EF/43.02, la O fi cina General de Administración remite los Informes Nºs 383-2022-EF/43.02 y 436-2022-EF/43.02, respectivamente, a través de los cuales la O fi cina de Recursos Humanos propone la modi fi cación de noventa y siete (97) per fi les de puesto contenidos en el MPP, en atención a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31419 y la Cuarta Disposición Complementaria Final de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM. Que, asimismo, en la referida propuesta se incorporó requisitos en los per fi les de puesto correspondiente al Presidente y Vocal Administrativo del Tribunal Fiscal de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 285-2021-EF; del mismo modo, se propone modi fi car algunos per fi les de puesto de con fi anza, en cuanto a carreras, cursos y/o programas de especialización, de conformidad con la metodología establecida por Servir y a la evaluación técnica realizada por los órganos que están bajo la dirección de los Viceministerios, así como del Gabinete de Asesores y Secretaría General; Que, a través de los Memorandos Nºs 270-2022- EF/41.02 y 0300-2022-EF/41.02, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite los Informes Nºs 0134-2022-EF/41.02 y 0146-2022-EF/41.02, respectivamente, a través de los cuales la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión emite opinión favorable respecto a la propuesta antes mencionada, previa veri fi cación de la coherencia y alineamiento con la Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, a través del O fi cio Nº 1577-2022-EF/13.01, complementado con el O fi cio Nº 1779-2022-EF/13.01, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas remite a Servir la propuesta de modi fi cación de per fi les de puesto contenidos en el MPP para la revisión y opinión favorable correspondiente; Que, en respuesta a lo señalado en el párrafo anterior, mediante O fi cio Nº 0000450-2022-SERVIR-PE, el Presidente Ejecutivo de SERVIR remite el Informe Técnico Nº 000133-2022-SERVIR-GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, mediante el cual se emite opinión favorable la propuesta de modi fi cación de los per fi les de puesto contenidos en el MPP y recomienda continuar con las acciones necesarias para su aprobación y publicación; Que, a través del Memorando Nº 1527-2022-EF/43.02, la Ofi cina General de Administración remite el Informe Nº 447-2022-EF/43.02, de la O fi cina de Recursos Humanos, con el que se informa que el Ministerio de Economía y Finanzas ha cumplido con la metodología establecida en la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH, por lo que corresponde que el Titular de la entidad apruebe la modi fi cación de los per fi les de puesto, a fi n de que sean incorporados al MPP actualizado; Que, el literal b) del artículo 19 en concordancia con el literal e) del artículo 16 de la Directiva precitada disponen que la modi fi cación del Manual de Per fi l de Puesto debe ser aprobada por resolución del titular de la entidad, correspondiendo la publicación de la resolución que aprueba el MPP o sus modi fi catorias en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la entidad en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles después de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la misma Directiva; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, se entiende que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, conforme al artículo 13 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41, la Secretaría General es la más alta autoridad administrativa del Ministerio;Con el visto de las O fi cinas Generales de Administración, Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP”; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 213- 2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobar la modi fi cación del Manual de Perfi les de Puestos – MPP del Ministerio de Economía y Finanzas, que en Anexo Nº 01 forma parte de la presente Resolución. Artículo 2. Aprobar la actualización del Manual de Perfi les de Puestos – MPP del Ministerio de Economía y Finanzas, que en Anexo Nº 02 forma parte de la presente Resolución. Artículo 3. Notifi car la presente Resolución a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. Artículo 4. Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (ww.gob.pe/mef) en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución de Secretaría General en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KITTY TRINIDAD GUERRERO Secretaria General 2096079-1 EDUCACION Aprueban el Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2026 modificado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2022-MINEDU Lima, 15 de agosto de 2022 VISTOS, el Expediente Nº UPP2022-INT-107299; los Informes Nº 00914-2022-MINEDU/SPE-OPEP- UPP y Nº 001031-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto; el O fi cio Nº 00437-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; y el Informe Nº 00903-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como organismo de derecho público cuya fi nalidad es