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17 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2022 El Peruano / minedu), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2096430-7 Designan Viceministro de Hacienda RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2022-EF Lima, 16 de agosto de 2022CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 003-2022- EF se designó a la señora Betty Armida Sotelo Bazán, en el cargo de Viceministra de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la referida funcionaria ha presentado su renuncia al cargo de Viceministra de Hacienda, por lo que resulta necesario aceptarla; así como designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido cargo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41;Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1. Aceptar la renuncia presentada por la señora Betty Armida Sotelo Bazán al cargo de Viceministra de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Designar al señor José Armando Calderón Valenzuela en el cargo de Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas 2096430-9 Aprueban modificación y actualización del Manual de Perfiles de Puestos – MPP del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 051-2022-EF/13 Lima, 15 de agosto del 2022VISTOS:El Informe Técnico Nº 000133-2022-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Memorando Nº 1527-2022-EF/43.02, de la O fi cina General de Administración que contiene el Informe Nº 447-2022-EF/43.02, de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Memorando Nº 0800-2022-EF/42.02 y el Informe Nº 0641-2022-EF/42.02 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, con la fi nalidad que las entidades públicas alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia, y presten efectivamente servicio de calidad a la ciudadanía a través de un mejor servicio civil; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 034-2017-SERVIR-PE se formalizó la aprobación del documento denominado “Lineamiento para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, Ley 30057”, y con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 307-2017-SERVIR/PE, se formalizó la modi fi cación del mencionado lineamiento, instrumento que señala que la ruta para pasar al nuevo régimen del Servicio Civil consta de cuatro etapas, siendo que en el etapa 3, entre otras, se establecen los puestos necesarios y los per fi les de dichos puestos, acorde con las funciones que deban desempeñar; por lo que a partir de ello, se elabora el Manual de Per fi les de Puestos – MPP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP”, cuyo artículo 19 establece que el MPP puede ser modi fi cado, entre otros, cuando existan variaciones en las funciones y/o requisitos de los per fi les de puestos contenidos en el MPP, debiendo ser sustentado por el órgano o unidad orgánica y refrendado por la O fi cina de Recursos Humanos; ; Que, con Resolución de Secretaría General Nº 040- 2020-EF/13 se aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante, MPP);