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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Viernes 2 de diciembre de 2022 El Peruano / Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.EDWAR SEGUNDO REBAZA IPARRAGUIRRE Director EjecutivoPrograma Nacional de Centros Juveniles 2131258-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes y seguros para el desplazamiento de cooperantes peruanos que brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de actividad a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0729-2022-RE Lima, 30 de noviembre de 2022VISTOS:El Memorándum (APC) N° APC0402/2022, de 8 de noviembre de 2022 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; el Memorándum (DCI) N° DCI01056/2022, de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección de Cooperación Internacional; y, el Memorándum (LEG) N° LEG02115/2022, de 11 de noviembre de 2022, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Nº 27692 y sus normas modi fi catorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los bene fi cios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo N° 719, y sus normas modi fi catorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, cientí fi ca y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza a la APCI a fi nanciar, con cargo a su presupuesto institucional y en el marco de lo señalado por el Decreto Legislativo N° 719, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de cooperantes peruanos al exterior, para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de bene fi ciarios extranjeros hacia el Perú para recibir capacitación, ambos de corta duración. Los gastos que se efectúen en el marco de la citada disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República del Perú y la República de Colombia se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Cientí fi ca, suscrito el 12 de diciembre de 1997, a través del cual se estableció la creación de una Comisión Mixta, que se reunirá cada dos años alternativamente;Que, en la XI Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Cientí fi ca Perú – Colombia, se aprueba el Programa de Cooperación Técnica 2022-2024, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado “Fortalecimiento del sistema integral de manejo de las reservas forestales del Distrito de Santiago de Cali”; Que, en el marco del mencionado Proyecto, se han programado las actividades denominadas “Taller práctico por parte de personal de OSINFOR para el personal del DAGMA en Cali sobre la herramienta del Geosupervisor” y “Visita de técnicos de OSINFOR al Distrito de Santiago de Cali para realizar una transferencia de la metodología de la mochila forestal y acompañamiento en una primera capacitación de la Mochila desarrollada por el DAGMA” que se llevarán a cabo en la ciudad de Cali, República de Colombia, del 12 al 16 de diciembre de 2022 y cuyas instituciones ejecutoras son, el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) de la República del Perú y el Departamento Administrativo de Gestión de Medio Ambiente (DAGMA) de la Alcaldía de Santiago de Cali, de la República de Colombia; Que, la asistencia técnica y capacitación que brindará el OSINFOR contribuirá a fortalecer la protección y defensa del medio ambiente y de la biodiversidad a través del manejo integral sostenido de las reservas forestales presentes en el Distrito de Santiago de Cali; mediante la transferencia de conocimientos sobre la metodología de la mochila forestal a partir de la experiencia del OSINFOR; Que, en dicha actividad del Proyecto, participarán los cooperantes peruanos Iliana Janine Pérez Meléndez, Miguel Ángel Espichan Mariñas y Williams Arellano Olano, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Cali, República de Colombia; Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de los citados cooperantes peruanos serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; Que, mediante Memoranda N° 0189-2022-APCI/OPP, N° 0199-2022-APCI/OPP, N° 0427-2022-APCI-OPP, N° 0440-2022-APCI/OPP, del 05 y 10 del mayo del 2022, y del 21 y 28 de octubre de 2022, respectivamente, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI ha emitido las Notas N° 00000088, N° 00000092 y N° 00000209, otorgando la certi fi cación de crédito presupuestario y ampliaciones que permitirá atender el citado gasto; Que, a través del Informe N° 0136-2022-APCI/DGNI, de 02 de noviembre de 2022, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI ha emitido opinión técnica, concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales para el desplazamiento a la República de Colombia de los citados cooperantes; Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe N° 0175-2022/APCI-OAJ, de 8 de noviembre de 2022, opina favorablemente respecto a la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum (DCI) N° DCI0001056/2022, de 10 de noviembre de 2022, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores indica que ha veri fi cado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación; De conformidad con la Ley N° 31365 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia