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21 NORMAS LEGALES Viernes 2 de diciembre de 2022 El Peruano / mil y 00/100 soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, mediante Informe Nº 1076-2022-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31365, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 80 000,00 (Ochenta mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Huánuco; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 80 000,00 (Ochenta mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Huánuco, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes : (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 80 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS (En Soles) DESCENTRALIZADAS Pliego 448 : Gobierno Regional de Huánuco 80 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central – Región HuánucoUnidad Ejecutora SIAF : N° 0804Programa Presupuestal : Nº 0126 Formalización minera de la pequeña minería y minería artesanalProducto : Nº 3000658 Mineros FormalizadosActividad : Nº 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla ÚnicaCuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC : N° 20489250731 Artículo 3 .- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Huánuco, respectivamente, correspondiente al año 2022.Regístrese, comuníquese y publíquese. OLIVERIO MUÑOZ CABRERA Ministro de Energía y Minas 2131124-1 Autorizan transferencia financiera a favor de los Gobiernos Locales de Livitaca, Velille, Chamaca, Capacmarca y Llalli, destinada a financiar la ejecución de Proyectos de Inversión en el Subsector Minería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 419-2022-MINEM/DM Lima, 30 de noviembre de 2022VISTOS: El Memorando Nº 00307-2022/MINEM-VMM del Despacho Viceministerial de Minas; el Informe N° 0147-2022-MINEM/DGPSM de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera; el Informe N° 324-2022/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 528-2022-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 1206-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 482-2021/ MINEM/DM se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 443 180 258,00 (Cuatrocientos cuarenta y tres millones ciento ochenta mil doscientos cincuenta y ocho y 00/100 soles), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en adelante la Ley Nº 31366, autoriza al Ministerio de Energía y Minas durante el Año Fiscal 2022 a realizar transferencias fi nancieras hasta por la suma de S/ 80 000 000,00 (Ochenta millones y 00/100 soles), a favor de las entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Locales para los proyectos en el área de in fl uencia minero-energética, con cargo a los recursos del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, pudiendo incluir saldos de balance, conforme a la normatividad vigente, que el Ministerio de Energía y Minas incorporará en su presupuesto institucional; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban mediante resolución del Titular del Ministerio de Energía y Minas, previo informe favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de los Viceministerios de Minas e Hidrocarburos, y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, establece que las entidades que reciben la transferencia fi nanciera en el marco de lo establecido en el citado artículo, deben informar al Ministerio de Energía y Minas los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, cumpliendo con el cronograma de ejecución y/o las disposiciones establecidas en el convenio correspondiente; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 0031-2022-MINEM/VMM el Despacho Viceministerial de Minas, aprueba la Lista de Proyectos de Inversión Priorizados del Subsector Minería, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 396-2022-MINEM/DM, se autoriza la incorporación