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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 2 de diciembre de 2022 El Peruano / CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Designan jefa de la Oficina de Recursos Humanos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000065-2022-SINEACE/P San Isidro, 1 de diciembre de 2022VISTOS: i) El Memorándum N° 000325-2022-SINEACE/P- GG-ORH, de 29 de noviembre de 2022, de la O fi cina de Recursos Humanos; ii) El Informe Legal N° 000297-2022-SINEACE/P- GG-OAJ, de 30 de noviembre de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, considera al término empleados de con fi anza como el personal que ocupa un cargo de con fi anza técnico o político en la entidad y, su calidad de con fi anza debe estar consignada expresamente en un documento normativo y pueden ser designados y removidos libremente por el titular de la entidad. En ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en la entidad; Que, el artículo 5 de la referida Ley, establece que, el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto en base de los méritos y capacidad de las personas, así como también observando el principio de igualdad de oportunidades. La excepción a esta disposición la con fi gura los puestos de con fi anza que se encuentren debidamente identi fi cados como tal en los documentos de gestión interna de la entidad, en los que no se requiere de un proceso de selección, no obstante, la persona designada debe cumplir con el per fi l mínimo del puesto; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 000023-2021-SINEACE/CDAH-P, del 27 de marzo de 2021, se aprobó la Norma que de fi ne la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en reorganización; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 00024-2021-SINEACE/CDAH-P, del 29 de marzo de 2021, se aprobó el Clasi fi cador de Puestos del Ente Rector del Sineace y la Estructura de Puestos Transitoria del Ente Rector del Sineace, dejándose sin efecto la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 047-2019-SINEACE/CDAH-P, del 10 de abril de 2019, que aprobó la Estructura de Puestos Transitoria del Ente Rector del Sineace y el Clasi fi cador de Puestos del Ente Rector del Sineace y su modi fi catoria Que mediante Resolución Presidencia N° 000046-2022-SINEACE/P, de fecha 13 de agosto de 2022, se designó temporalmente al servidor Martin Rodolfo Pittman Castro, para que realice las funciones de Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos, en adición a sus funciones, desde el 15 de agosto de 2022; Que, mediante Memorándum N° 00325-2022-SINECE/ P-GG-ORH, de fecha 29 de noviembre de 2022, la O fi cina de Recursos Humanos comunica que la señora Evelin Rosario Camacho Lagomarcino cumple con los requisitos mínimos solicitados para el cargo de Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos, y que, además, resulta necesario dar por concluido la designación temporal de Martin Rodolfo Pittman Castro como Jefe encargado de la O fi cina de Recursos Humanos; Que, mediante Informe Legal N° 000297-2022-SINEACE/P-GG-OAJ, del 30 de noviembre de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a fi n que se designe bajo el régimen CAS, a la señora Evelin Rosario Camacho Lagomarcino, para que realice las funciones de Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos; Con el visto bueno de la Gerencia General, O fi cina de Recursos Humanos y O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y Resolución Ministerial N° 449-2020-MINEDU. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a Evelin Rosario Camacho Lagomarcino, en el cargo de jefa de la O fi cina de Recursos Humanos, con efectividad del 02 de diciembre de 2022. Artículo 2.- Dejar sin efecto la designación temporal efectuada a Martin Rodolfo Pittman Castro, mediante Resolución de Presidencia N° 000046-2022-SINEACE/P. Artículo 3.– Noti fi car la presente Resolución a Evelin Rosario Camacho Lagomarcino. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente del Consejo Directivo Ad HocSineace 2131190-1 Aprueban el Modelo de Calidad para la Acreditación de Programas de Estudios de Medicina RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 000087-2022-SINEACE/CDAH San Isidro, 1 de diciembre de 2022VISTOS: El Informe N° 000065-2022-SINEACE/P-DEA, del 2 de noviembre de 2022, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior y Técnico-Productiva (en adelante, la DEA); y el Informe Legal N° 000277-2022-SINEACE/P-GG-OAJ, del 17 de noviembre de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa (en adelante, Ley del Sineace ), establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa (en adelante, Sineace ) garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desempeño laboral; Que, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley del Sineace, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2007-ED, prescribe que es objetivo del Sineace asegurar a la sociedad que las instituciones educativas que forman parte del sistema cumplen los requisitos de calidad y realizan su misión y objetivos. Además, en sus artículos 10 y siguientes se establece el proceso de acreditación para las instituciones de estudio superiores que deseen acreditarse en el Perú; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización al Sineace,