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22 NORMAS LEGALES Viernes 2 de diciembre de 2022 El Peruano / de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 41 587 913,00 (Cuarenta y un millones quinientos ochenta y siete mil novecientos trece y 00/100 soles), para fi nanciar la ejecución de los proyectos de inversión aprobados por Resolución Viceministerial Nº 0031-2022-MINEM/VMM; Que, asimismo, con fecha 09 de noviembre de 2022, se suscribieron cinco (05) Convenios de Transferencia Financiera de Recursos y Seguimiento entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Locales de Livitaca, Velille, Chamaca, Capacmarca y Llalli, con el objeto de viabilizar la transferencia fi nanciera y seguimiento de los recursos autorizados en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, a favor de los citados Gobiernos Locales, destinados a fi nanciar la ejecución de los Proyectos de Inversión en el Subsector de Minería, por el importe de S/ 36 976 508,74 (Treinta y seis millones novecientos setenta y seis mil quinientos ocho y 74/100 soles), conforme se detalla en el Anexo 1 de la presente Resolución Ministerial; Que, mediante Memorando Nº 00307-2022/MINEM- VMM el Despacho Viceministerial de Minas a través del Informe Nº 0147-2022-MINEM/DGPSM de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, sustenta y emite opinión favorable para que realice la transferencia fi nanciera a favor de los mencionados Gobiernos Locales; toda vez que, ello contribuye a la reducción y cierre de brechas sociales, en especial de aquellas localidades que realizan actividades mineras; ello, permitirá reducir los con fl ictos sociales en dichas localidades; no obstante, precisa que dicha transferencia va acorde con lo señalado en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366; Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 324-2022/MINEM-OGPP-OPRE opina favorablemente desde el punto de vista presupuestal, señalando que la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2022, cuenta con los recursos presupuestales en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados para realizar la transferencia fi nanciera a favor de los mencionados Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 36 976 508,74 (Treinta y seis millones novecientos setenta y seis mil quinientos ocho y 74/100 soles), para el fi nanciamiento de los Proyectos de Inversión del Subsector Minería, a fi n de que se cumpla con lo señalado en la Cláusula Sexta de los Convenios suscritos entre los referidos Gobiernos Locales y el Ministerio de Energía y Minas, en el marco del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366; Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, con fecha 18 de noviembre de 2022, aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2022-02470-001 (N° SIAF 0000002467) por el importe de S/ 41 587 913,00 (Cuarenta y un millones quinientos ochenta y siete mil novecientos trece y 00/100 soles), para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de un (01) Gobierno Nacional y cinco (05) Gobiernos Locales, destinada a fi nanciar la ejecución de los Proyectos de Inversión en el Subsector Minería, conforme a lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, con el Informe N° 528-2022-MINEM-OGA/OFIN señala que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos fi nancieros necesarios en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor de los referidos Gobiernos Locales, en el marco de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, con Informe Nº 1206-2022/MINEM-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la emisión de la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera a favor de los mencionados Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 36 976 508,74 (Treinta y seis millones novecientos setenta y seis mil quinientos ocho y 74/100 soles), para el fi nanciamiento de los Proyectos de Inversión del Subsector Minería; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora N° 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor de los Gobiernos Locales de Livitaca, Velille, Chamaca, Capacmarca y Llalli, destinadas a fi nanciar la ejecución de los Proyectos de Inversión en el Subsector Minería, hasta por la suma de S/ 36 976 508,74 (Treinta y seis millones novecientos setenta y seis mil quinientos ocho y 74/100 soles), conforme al detalle contenido en el Anexo 1 de la presente Resolución Ministerial y en el marco de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, según el siguiente detalle: Fuente de Financiamiento : 2. Recursos Directamente RecaudadosUnidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas – Central Gastos de Capital 2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 36 976 508,74 Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como también se registre en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OLIVERIO MUÑOZ CABRERA Ministro de Energía y Minas Anexo Nº 01 Convenio de Transferencia Financiera de Recursos Numeral 6.1 de la Clausula Sexta Bene fi ciarios Fuente de Financiamiento Importe S/ Municipalidad Distrital de Livitaca 09 14,616,707.99 Municipalidad Distrital de Velille 09 3,682,966.75 Municipalidad Distrital de Chamaca 09 9,999,399.00 Municipalidad Distrital de Capacmarca 09 4,805,432.30 Municipalidad Distrital de Llalli 09 3,872,002.70 Total S / 36,976,508.74 2131135-1