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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Domingo 18 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, los Procedimientos Administrativos estandarizados encuentran su sustento en diversos principios reconocido en el TUO de la LPAG, así tenemos a los Principios de Uniformidad, Predictibilidad y Legalidad mediante el cual se prescribe que la autoridad administrativa deberá establecer requisitos similares para trámites similares. En la lógica de la Administración Pública como unidad podemos encontrar, dentro de las entidades que la conforman, tramites de procedimientos similares que se diferencian en gran medida unos de otros. La uniformidad implica fi jar una comunicación o similitud en los elementos del trámite administrativo, esto es, en los requisitos, en los plazos, entre otros aspectos, de procedimientos que merecen ser estandarizados por su naturaleza. De tal forma, se entiende que en el análisis previo al establecimiento de un procedimiento estandarizado se efectué la evaluación sobre la posibilidad de poder fi jar requisitos comunes. Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2021- PCM Decreto Supremo que aprueba procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales, asimismo aprueba dieciséis (16) procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo, fi nalmente se apruebo treinta y seis (36) tablas ASME-VM con los fl ujos óptimos para la adecuada tramitación de los procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo, así como la Incorporación de los procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo al TUPA de los gobiernos regionales., cuya tramitación es de competencia de los gobiernos regionales. Que, por Nota Nº 0114-2022-GORE.ICA-GRDE/ DIRCETUR/DJHP de fecha 16 de mayo de 2022, que contiene el Informe Nº 002-2022-GORE.ICA-GRDE-DIRCETUR/DJHP de fechas 13 de mayo de 2022 se concluye la culminación de la adecuación y estandarización de los procedimientos administrativos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 184-2022-PCM. Que, mediante Informe Nº 021-2022-GORE-ICA- GRPPAT/SMGE, de fecha 23 de mayo del 2022, elaborado por la Sub Gerencia de Modernización de la Gestión, perteneciente a la Gerencia Regional, Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del GORE – ICA y que en ella se hace un amplio detalle técnico y se desarrolla y sustenta del Proyecto de Estandarización de los Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Ica, en el marco de la Política de Gestión Pública y la Ley de base de Descentralización, concluye lo siguiente: “En virtud al análisis efectuado, resulta necesario actualizar el TUPA del GORE ICA, conforme lo establece los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA, aprobado mediante Resolución de la Secretaria de Gestión Publica Nº 005-2018-PCM-SGP, y de acuerdo al Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo, cuya tramitación es de competencia de los gobiernos regionales conforme se detalla en el anexo I”, y Recomienda: “APROBAR la estandarización de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM, las cuales se detallan en el Anexo I” (…). Que, con Informe Legal Nº 081-2022-GORE-ICA- GRAJ, de fecha 27 de mayo de 2022, la Gerencia Regional de Asesoría Legal del GORE – ICA, tomando como antecedente la propuesta del Texto Único de Procedimiento Administrativo del Gobierno Regional de Ica, elaborado, por la Subgerencia de Modernización de la Gestión, órgano de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concluye que esta propuesta del TUPA, como la propuesta del proyecto de Ordenanza Regional, cumple con los lineamientos aprobado mediante Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 005-2018-PCM-SGP, por consiguiente fue elaborado bajo los criterios técnicos normativos contenidos en la Ley Nº 27568 Ley Marco de Modernización de la Gestión Pública, situación que ha sido evaluada por la Comisión de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con el Dictamen y la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias la Ley Nº 28968, Ley Nº 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ESTANDARIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR TURISMO, APROBADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nº 184-2021-PCM E INCORPORACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS AL TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA” Artículo Primero.- APROBAR la estandarización de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM las cuales se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- INCORPORAR los procedimientos administrativo estandarizado al TUPA del Gobierno Regional de Ica, aprobados mediante la Ordenanza Regional Nº 015-2021-GORE-ICA. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ica para su promulgación. EDITH NANCY GUILLEN CANALES Consejera DelegadaConsejo Regional de Ica POR TANTORegístrese, comuníquese y cúmplase.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica, a los 25 días del mes de agosto de 2022. JAVIER GALLEGOS BARRIENTOS Gobernador Regional de Ica * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2135146-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2022 por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 217-2022-DREM.M/GRM Moquegua, 3 de noviembre del 2022VISTOS: El expediente del derecho minero “MARTIN 2” con código Nº 68-00003-22, “VENTURA & COSSI” con código Nº 68-00005-22, “MARTIN 3” con código Nº 68-00002-22, “OLGUITA DEL CARMEN” con código Nº 68-