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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1 .- Aprobar la modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP, Anexo N° 1 (51 per fi les) y Anexo N° 2 (36 per fi les) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que en anexo forman parte de la presente resolución. Artículo 2 .- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FIORELLA M. GOTELLI MELENDEZ Secretaria General 2136947-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0406-2022-JUS Mediante O fi cio N° 3432-2022-JUS/SG, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0406-2022-JUS, publicada en la edición del 20 de diciembre de 2022. En el segundo considerandoDICE:“(…) al haber sido declarado ganador de la plaza notarial en el distrito de San Miguel, provincia de San Ramón, departamento de Puno, distrito notarial de Puno, (…)” DEBE DECIR:“(…) al haber sido declarado ganador de la plaza notarial en el distrito de San Miguel, provincia de San Román, departamento de Puno, distrito notarial de Puno, (…)” En el tercer considerandoDICE:“(…) de la plaza notarial correspondiente al distrito de San Miguel, Provincia de San Ramón, departamento de Puno, distrito notarial de Puno;” DEBE DECIR:“(…) de la plaza notarial correspondiente al distrito de San Miguel, Provincia de San Román, departamento de Puno, distrito notarial de Puno;” En el quinto considerandoDICE:“(…) notario del distrito de San Miguel, Provincia de San Ramón, departamento de Puno, distrito notarial de Puno;” DEBE DECIR:“(…) notario del distrito de San Miguel, Provincia de San Román, departamento de Puno, distrito notarial de Puno;” En el artículo 2DICE: “Artículo 2.- Nombrar al señor ARTURO POMA RODRIGO como notario del distrito de San Miguel, Provincia de San Ramón, departamento de Puno, distrito notarial de Puno, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente.” DEBE DECIR:“Artículo 2.- Nombrar al señor ARTURO POMA RODRIGO como notario del distrito de San Miguel, Provincia de San Román, departamento de Puno, distrito notarial de Puno, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente.” 2136854-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar el despliegue de acciones de control de Proyecto de Inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 377-2022-MIMP Lima, 22 de diciembre de 2022VISTOS, el O fi cio N° 000795-2022-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF; el Informe N° D000123-2022-MIMP-OIN de la O fi cina de Inversiones; el Memorándum N° D000049-2022-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento; el Informe N° D000472-2022-MIMP-PRE de la O fi cina de Presupuesto; el Memorándum N° D000970-2022-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° D000336-2022-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, señala que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358 establecen que para el cumplimiento de la ley se autoriza a los pliegos involucrados a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la referida ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; indicando que las citadas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano;