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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (26/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Lunes 26 de diciembre de 2022 El Peruano / Resolución se encuentra disponible a partir del 6 de marzo de 2023. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Vigencia La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTHA ELBA GARAMENDI ESPINOZA Superintendente Nacional (e) 2137458-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Modifican el “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 407-2022-CG Lima, 23 de diciembre de 2022VISTOS: La Hoja Informativa N° 000158-2022-CG/OGPAS, de la O fi cina de Gestión de la Potestad Administrativa Sancionadora; la Hoja Informativa N° 000277-2022-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental; y, el Memorando N° 000867-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de derecho público que goza de autonomía conforme a su Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, el artículo 45 de la citada Ley N° 27785, atribuye a esta Entidad Fiscalizadora Superior la potestad para sancionar por cuanto determina la responsabilidad administrativa funcional e impone una sanción derivada de los informes de control emitidos por los órganos del Sistema, en tanto que, la Ley N° 31288, tipi fi ca las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional y establece medidas para el adecuado ejercicio de la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República, modi fi cando diversos artículos y la Novena Disposición Final de la referida Ley N° 27785; Que, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31288, se autorizó a la Contraloría General de la República para que, en el plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente a la publicación de dicha Ley, apruebe, a través de Resolución de Contraloría, el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 166- 2021-CG de fecha 19 de agosto de 2021, se aprueba el “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, que establece las disposiciones complementarias para el ejercicio de la potestad sancionadora y el desarrollo del procedimiento administrativo sancionador por responsabilidad administrativa funcional, así como, la conformación, atribuciones y funcionamiento de los órganos a cargo o relacionados con el procedimiento sancionador; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 179- 2021-CG, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, modi fi cada por Resoluciones de Contraloría N° 047-2022- CG, N° 161-2022-CG y N° 372-2022-CG, habiéndose modi fi cado, entre otros, aspectos relacionados con los órganos y unidades orgánicas para la gestión y soporte de las funciones de la potestad sancionadora de esta Entidad Fiscalizadora Superior; Que, mediante Hoja Informativa N° 000158-2022-CG/ OGPAS, la O fi cina de Gestión de la Potestad Administrativa Sancionadora sustenta técnicamente la propuesta de modi fi cación del “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, aprobado por Resolución de Contraloría N° 166-2021-CG; Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, mediante el Memorando N° 000867-2022-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000277-2022-CG/NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que modi fi ca el “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, a propuesta de la O fi cina de Gestión de la Potestad Administrativa Sancionadora sustentada con la Hoja Informativa N° 000158-2022-CG/OGPAS; De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, así como lo dispuesto por el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los artículos 3; 4; 15; 16;17; 19; 22; 23; 25; 40; 47; 55; 59; 60; 62; 63; 64; 65; 66; 68; 69; 71; 72; 74; 76; 78; 80; 83; 85; 97; 105; 107;115; 120; 128; 130 y la Tercera Disposición Complementaria Final del “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, aprobado por Resolución de Contraloría N° 166-2021-CG, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto los artículos 20, 21, el numeral 16.2 del artículo 16 y el literal p) del numeral 23.3 del artículo 23 del “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, aprobado por Resolución de Contraloría N° 166-2021-CG. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 407-2022-CG “Artículo 3.- Términos (…)