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6 NORMAS LEGALES Lunes 26 de diciembre de 2022 El Peruano / Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área de un (01) inmueble afectado por la Obra: “Tramo N° 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos – Inambari)” y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 114 455,68 (CIENTO CATORCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 68/100 SOLES) correspondiente al código T2A-HUE-047, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área del Bien Inmueble a favor del bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción registral del área del bien inmueble a favor del bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Publíquese, Regístrese y comuníquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE PROYECTO VIAL CONCESIONADO “IIRSA SUR – TRAMO 2: URCOS – INAMBARI”. N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES*SANTOS CCOLQQUE LAYME*PRIMITIVA QUISPE GUZMAN*MARIA MAGDALENA PEREZ CACHICARI*POLICARPIO QUISPE BEDOYACÓDIGO: T2A-HUE-047ÁREA AFECTADA: 0.0234 ha.AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 114,455.68LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: Con la U.C. 089977, mediante una línea recta, que va del vértice 4 al 1 y mide 6.99 m.Por el Sur:Con la U.C. 089975 mediante una línea recta, que va del vértice 2 al 3 y mide 4.26 m.Por el Este: Con el área remanente de la U.C. 089976, mediante una línea recta que va del vértice 1 al 2 y mide 47.61 m.Por el Oeste:Con el Corredor Interoceánico Sur, mediante una línea recta que va del vértice 3 al 4 y mide 53.18 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 7.85 242754.69 8490614.842 2-3 11.96 242762.42 8490613.47 3 3-4 12.41 242774.07 8490616.16 4 4-5 2.93 242786.19 8490613.48 5 5-6 22.48 242788.54 8490615.23 6 6-7 17.27 242802.26 8490633.03 7 7-8 14.85 242813.19 8490646.41 8 8-9 27.53 242827.91 8490644.45 9 9-10 14.57 242826.72 8490616.95 PARTIDA ELECTRÓNICA: Nº 11030992 del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Cusco, Zona Registral N° X – Sede Cusco.10 10-11 5.65 242817.80 8490605.43 11 11-12 11.25 242814.36 8490600.94 12 12-13 16.53 242806.50 8490592.89 INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL: INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL Nº 003-2022-VDSS de fecha 21.11.2022.13 13-14 15.02 242795.03 8490580.98 14 14-1 53.18 242784.19 8490570.59 2137628-1