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8 NORMAS LEGALES Lunes 26 de diciembre de 2022 El Peruano / MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de las Expropiación de las áreas de los Bienes Inmuebles y de los valores de las Tasaciones Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Trujillo - Shiran - Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan” y los valores de las Tasaciones, ascendentes a S/ 820,50 (OCHOCIENTOS VEINTE CON 50/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-040, S/ 24 055,00 (VEINTICUATRO MIL CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-443, S/ 2 912,47 (DOS MIL NOVECIENTOS DOCE CON 47/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-446, S/ 2 337,94 (DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 94/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-456 y S/ 5 600,60 (CINCO MIL SEISCIENTOS CON 60/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-457, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación de los valores de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, los montos de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de las expropiaciones, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contengan las Partidas Registrales 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas de los bienes inmuebles expropiados a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagadas directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los bienes inmuebles a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario las áreas expropiadas de los bienes inmuebles, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALORES DE LAS TASACIONES DE LAS ÁREAS DE CINCO (05) INMUEBLES AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA TRUJILLO - SHIRAN - HUAMACHUCO, TRAMO: DV. OTUZCO - DV. CALLACUYAN” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOS IDENTIFICACIÓN DEL ÁREA DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALVICTOR ELADIO LOYAGA MARIÑOS ROSA MARIA AGREDA PASTORCÓDIGO: OTUZ – T –040AREA AFECTADA: 69.00 m2AFECTACIÓN: Terreno y Plantaciones S/ 820,50COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: VERTICE LADODISTANCIA (m)COORDENADAS UTM WGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) Norte: Carretera Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan.1 1-2 17.76 768856.3406 9121241.7487 Sur: con el área remanente del mismo predio, con UC 0333902 2-3 7.70 768870.4506 9121230.9587 Este : Carretera Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan.3 3-4 11.01 768876.2806 9121225.9287 Oeste : Carretera Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan.4 4-5 0.16 768883.6506 9121217.7487 PARTIDA REGISTRAL N° 11022616 , perteneciente a la Zona Registral N° V, O fi cina Registral Otuzco, Sede Trujillo.5 5-6 9.01 768883.5664 9121217.6084 6 6-7 9.55 768876.9880 9121223.76687 7-8 9.75 768869.5644 9121229.7808 8 8-9 10.33 768861.6721 9121235.5035 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL : Emitido con fecha 23.04.2019 (Informe Técnico N° 3095- 2019) por la O fi cina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V, Sede Trujillo.9 9-10 10.03 768853.1620 9121241.3595 10 10-11 0.41 768845.5773 9121247.9160 11 11-12 0.88 768845.2501 9121248.1598 12 12-1 12.84 768845.6906 9121248.9187