TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Martes 11 de enero de 2022 El Peruano / de su competencia, con funciones normativas en la creación, modificación y supresión de sus contribuciones, arbitrios, tasas, licencia y derechos municipales, de conformidad con los artículos 191º y 192º numerales 2) y 3) de la Constitución Política del Perú, concordantes con las Normas III y IV del Título Preliminar y el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF. Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley, asimismo, las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, mediante Informe Nº 425-2021-SGRYEC-GAT/ MDP de fecha 20 de diciembre de 2021, la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva propone a la Gerencia de Administración Tributaria la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022”, sosteniendo que, cumple con los parámetros técnicos y legales previsto en la normatividad de la materia. Que, mediante Informe Nº 357-2021-GAT/MDP de fecha 20 de diciembre de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria haciendo suyo en todo sus extremos lo vertido por parte de la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva solicita a la Gerencia Municipal la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022”, manifestando que, la sustentación técnica es respecto a la necesidad de otorgar a la población en general que son propietarias y poseedoras de inmuebles en la jurisdicción del distrito de Pucusana, un cronograma de pagos establecido para el cumplimiento de sus obligaciones por concepto del Impuesto Predial del ejercicio 2022, que administra la entidad municipal, por consiguiente se hace necesario desarrollar normas que otorguen fechas establecidas para tal fi n. Que, mediante Memorando Nº 1036-2021-GM/MDP de fecha 20 de diciembre de 2021, la Gerencia Municipal solicita la emisión de opinión técnica a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto sobre la viabilidad de aprobar el “Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022, en la jurisdicción del distrito de Pucusana”. Que, mediante Informe Nº 047-2021-GPP/MDP de fecha 21 de diciembre de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable para la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022, en la jurisdicción del distrito de Pucusana”; asimismo, solicita la opinión legal respecto a la procedencia de lo que es materia de análisis. Que, mediante Informe Legal Nº 322-2021-GAJ/ MDP de fecha 23 de diciembre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal declarando favorable la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022, en la jurisdicción del distrito de Pucusana, toda vez que se encuentra conforme lo establecido en el Código Tributario y la normatividad vigente en la materia. Que, mediante Memorando Nº 1041-2021-GM/MDP de fecha 23 de diciembre de 2021, la Gerencia Municipal solicita se agende en Sesión de Concejo Municipal la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022, en la jurisdicción del distrito de Pucusana, en tanto que, cuenta con los informes técnicos y legal correspondiente. Que, estando a los fundamentos expuestos en los informes técnicos y legal antes mencionados y a las disposiciones legales citadas, se recomienda la aprobación de la Ordenanza Municipal que aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022, en la jurisdicción del distrito de Pucusana. ESTANDO A LO EXPUESTO Y CONFORME A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS ARTÍCULOS 9º, 39º Y 40º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA, SE APROBÓ LO SIGUIENTE: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 309-2021/MDP – ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2022 Y EL MONTO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL PARA EL AÑO 2022, EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE PUCUSANA Artículo Primero.- APROBAR las Fechas de Vencimiento del Impuesto Predial del Ejercicio 2022, de acuerdo al siguiente Cronograma: PAGO AL CONTADO: 28 de febrero de 2022.PAGO FRACCIONADO:- 1ra Cuota: 28 de febrero de 2022. - 2da Cuota: 31 de mayo de 2022. - 3ra Cuota: 31 de agosto de 2022.- 4ta Cuota: 30 de noviembre de 2022. Artículo Segundo.- ESTABLECER como monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022 por cada contribuyente, el 0.6 % de la UIT vigente al 01 de enero de 2022, de conformidad con el artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas orgánicas correspondientes el cumplimento de la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTAR a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga de las fechas dispuestas en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Tercera.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Cuarta.- ENCOMENDAR a la Secretaria General, la publicación de la Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.LIDIA AMERICA CARRILLO VELIZ Alcaldesa 2029168-1