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63 NORMAS LEGALES Sábado 22 de enero de 2022 El Peruano / 2021-MDH/SGRT de fecha 26 de noviembre de 2021, emitido por la Sub Gerencia de Rentas y Tributación; así como el Informe Legal Nº 393-2021-0400-MDH/OAJ de fecha 10 de diciembre de 2021, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, en concordancia con la autonomía política que gozan las Municipalidades, el mismo precepto constitucional ha otorgado expresamente al concejo municipal la función normativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley”. Asimismo, el numeral 8) del artículo 9º de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos” Que, de conformidad con el artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, siendo que mediante ordenanza se determina el régimen de sanciones administrativas por la infracción a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 14-2017, de fecha 27 de diciembre de 2017, se aprobó el “Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Imposición de Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Huarmaca”; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su Título IV, Capítulo III, sobre el Procedimiento Sancionador, establece que se atribuye dicha facultad a cualquiera de las entidades para establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados; Que, el numeral 4 del Artículo 248º de la citada norma, señala que el Principio de Tipicidad solo constituyen conductas sancionables administrativamente las infracciones previstas expresamente en normas con rango de Ley mediante su tipi fi cación como tales, sin admitir interpretación extensiva o por analogía. Las disposiciones reglamentarias pueden especi fi car o graduar aquellas dirigidas a identi fi car las conductas o determinar sanciones, sin constituir nuevas conductas sancionables a las previstas legalmente, salvo los casos en que por Ley o Decreto Legislativo se permita tipi fi car infracciones por norma reglamentaria; Que, por Informe Nº 102-2021-MDH/SGRT de fecha 26 de noviembre de 2021, la Sub Gerencia de Rentas y Tributación, ha emitido opinión técnica sobre el Régimen de la actividad de Fiscalización y de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Imposición de Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Huarmaca”, manifestando que es acorde a nuestra normatividad y debidamente actualizado, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS; Que, mediante Informe Legal Nº 393-2021-0400- MDH/OAJ de fecha 10 de diciembre de 2021, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, opina que la nueva propuesta de Ordenanza que aprueba el Régimen de la Actividad de Fiscalización y de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Imposición de Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Huarmaca”, presentada por la Sub Gerencia de Rentas y Tributación, es conforme con la normativa, respetando el marco delimitado por el TUO de la LPAG para la regulación del procedimiento administrativo sancionador a cargo de la Municipalidad Distrital de Huarmaca; Que, el Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas, tiene por fi nalidad establecer las disposiciones orientadas a estructurar el procedimiento sancionador garantizando al ciudadano la correcta aplicación ante el incumplimiento de las normas administrativas municipales; Que, a fi n de dotar de e fi cacia y celeridad a la función municipal, es necesario regular de manera integral el Régimen de la Actividad de Fiscalización y de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones (CUIS), que regule la función fi scalizadora de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, el cual normará la facultad con la que cuenta la autoridad municipal, el procedimiento de fi scalización, el procedimiento sancionador y la ejecución de sanciones administrativas; De conformidad a lo estipulado en el artículo 9º inciso 8), y los artículos 39º, 40º y 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se adoptó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL RÉGIMEN DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN Y DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARMACA Artículo Primero.- APROBAR el Régimen de la Actividad de Fiscalización y de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, el cual consta de 59 artículos y cuatro (04) disposiciones transitorias y fi nales, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, el mismo que como Anexo 1, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación del presente régimen. Artículo Cuarto.- DERÓGUESE la Ordenanza Municipal Nº 14-2017, de fecha 27 de diciembre de 2017, que aprueba el “Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Imposición de Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Huarmaca”, así como cualquier otra norma que se oponga al Régimen de la Actividad de Fiscalización de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS, aprobados mediante la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGUESE a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza, conforme a Ley, así como a la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicaciones – TICs la publicación del texto íntegro de los documentos de gestión y anexos aprobados, en la Plataforma Única del Estado Peruano GOB.PE. (www.gob.pe/munihuarmaca). POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OVILDORO LARA TINEO Alcalde 2032799-1