Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2022 (22/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Sábado 22 de enero de 2022 El Peruano / circulación de la región, debiendo publicarse los anexos de la misma, en la Plataforma Única del Estado Peruano GOB.PE. (www.gob.pe/munihuarmaca). Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicaciones – TICs la publicación del integro de este documento técnico normativo de gestión institucional, en la Plataforma Única del Estado Peruano GOB.PE. (www.gob.pe/munihuarmaca). Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal disponer la implementación de la actualización aprobadas en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Sexto.- DERÓGUESE toda disposición de igual o menor jerarquía que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OVILDORO LARA TINEO Alcalde 2032789-1 Aprueban la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Municipalidad Distrital de Huarmaca ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2021-MDH Huarmaca, 16 de diciembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARMACA VISTO: En Sesión Concejo Ordinaria N°023-2021, de la fecha, 15 de diciembre del año 2021, sobre la propuesta de Ordenanza Municipal que Aprueba la Actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado señala que en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, la cual dispone que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, norma de aplicación transversal a todo el sector público, dispone que para el acceso al empleo público es requisito indispensable que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignación de Personal -CAP; Que, mediante la Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final establece que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP-Provisional y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, cuya implementación progresiva será regulada por la directiva que emita SERVIR, como se dispone en la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, establece en el artículo 7º numeral 7.5 las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles de gobierno; Que, la Directiva N° 057-2015-SERVIR/GDSRH, dispone que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el CPE; Que, mediante Ordenanza Municipal N°007-2021- MDH, se aprobó la Actualización de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, precisando que ha sido elaborado teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/P modi fi cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-P; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente ordenanza con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL CAP – PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARMACA Artículo Primero.- APROBAR la Actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE y modi fi cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-P; el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGUESE a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza y el Organigrama Estructural de esta Entidad en el Diario O fi cial el Peruano y/o en el diario mayor circulación de la región, debiendo publicarse los anexos de la misma, en la Plataforma Única del Estado Peruano GOB.PE. (www.gob.pe/munihuarmaca). Artículo Cuarto.- ENCARGUESE a la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicaciones – TICs la publicación del integro de este documento técnico normativo de gestión institucional, en la Plataforma Única del Estado Peruano GOB.PE. (www.gob.pe/munihuarmaca). Artículo Quinto.- DERÓGUESE toda disposición de igual o menor jerarquía que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OVILDORO LARA TINEO Alcalde 2032798-1 Aprueban el Régimen de la Actividad de Fiscalización y de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Huarmaca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2021-MDH Huarmaca, 16 de diciembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARMACA VISTO:En Sesión Concejo Ordinaria Nº 023-2021, de la fecha, 15 de diciembre del año 2021, el Informe Nº 102-