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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2022 (22/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Sábado 22 de enero de 2022 El Peruano / puesta en práctica de las políticas. No basta solo examinar la efi ciencia o la e fi cacia de una política en función de parámetros técnicos, sino que hay que analizarlas en el contexto del ejercicio de derechos y construcción de ciudadanía. La lucha contra la anemia infantil no es la excepción. Que, el Plan Multisectorial sí considera como componente estratégico la gestión territorial, vinculándola con la articulación intergubernamental que, en el espacio distrital y comunitario, debe atender las necesidades de la población, mirando a las familias e individuos de manera integral, incluyendo los recursos y brechas en su entorno, así como las oportunidades y limitaciones presentes en el territorio. Con esta Ordenanza se pretende generar espacios de articulación teniendo en cuenta que los planes sectoriales no contemplan espacios de articulación a nivel local y regional. En relación a los espacios de articulación en el Plan Multisectorial, se debe destacar que se dispone de la creación de la instancia de articulación regional y local, presidida por el Gobernador Regional, bajo la secretaria técnica del Gerente de Desarrollo Social Regional y el alcalde distrital respectivamente. No obstante, considerando que el gobernador regional es la máxima autoridad a ese nivel, debería presidir este espacio de articulación, junto con el alcalde. Que, también es relevante la participación de los agentes comunitarios, la participación de la comunidad, es vital para el éxito de la lucha contra la anemia. Los agentes comunitarios son las personas elegidas o reconocidas por su comunidad, que realizan acciones voluntarias de promoción de la salud y prevención de enfermedades, en coordinación con el personal de la salud y otras instituciones, el rol de estos agentes en la lucha contra la anemia infantil se reconoce tanto en el Plan Multisectorial como en el Plan del Minsa. Sin embargo, en la práctica, se evidencia que en los establecimientos de salud no se implementan plenamente acciones con participación de agentes comunitarios en la lucha contra la anemia infantil, por lo que es necesario que desde el sector salud se promueva la participación comunitaria. Asimismo, es necesaria la regulación de la labor de este tipo de agentes, su vínculo con los diferentes sectores, la capacitación de los mismos, entre otros aspectos. Que, realizar un trabajo coordinado y articulado con los gobiernos locales, para la implementación de programas de saneamiento urbano y rural, que permitan el cierre de las brechas de acceso de los hogares a agua segura y saneamiento A los Gobiernos Regionales (Dirección Regional de Salud). Elaborar el plan regional de lucha contra la anemia infantil, para los años 2022 al 2025 a partir de un diagnóstico de la situación de la anemia en nuestra región, que nos permita adecuar sus acciones a las necesidades de la población. Asimismo, considerar un sistema de monitoreo y evaluación con indicadores para medir el cumplimiento de metas del plan regional. Liderar las acciones de lucha contra la anemia en nuestra jurisdicción y desarrollar un trabajo coordinado y articulado con los gobiernos locales, así como con las instituciones que prestan servicios de salud: Seguro Social de Salud – EsSalud, Sanidad de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional del Perú y establecimientos del sector privado, para lograr alcanzar las metas propuestas. Que, en el marco de la emergencia sanitaria por COVD 19 fortalecer las capacidades del personal de los establecimientos de salud, en relación a las normas técnicas de lucha contra la anemia, las acciones de sensibilización y el trabajo extramural. Asimismo, promover la participación activa de agentes comunitarios y de la sociedad civil, para desarrollar las acciones de difusión y seguimiento. Garantizar la provisión de recursos humanos y económicos, infraestructura y equipos, necesarios en los establecimientos de salud de la región Ica, para alcanzar las metas propuestas, principalmente, las relacionadas a las acciones de sensibilización, difusión y trabajo extramural. Por parte de los Gobiernos Locales participar activamente en el desarrollo de las acciones de lucha contra la anemia, de manera coordinada y articulada con los gobiernos regionales. Que, el pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica debatió y evaluó el proyecto de Ordenanza Regional que declara como “Prioridad Pública Regional la Política Multisectorial la importancia de prevenir y reducir la anemia en tiempos de COVID-19 en Gestantes, Niñas y Niños Menores de 36 Meses y la Desnutrición Crónica en Niñas y Niños Menores de 5 Años en la Región Ica ”, valorándose los argumentos de cada uno de sus miembros, veri fi cándose que se cumple con lo establecido en las normas legales vigentes sobre la materia resultando legalmente, procedente. Que, estando a lo dispuesto y aprobado en Sesión Ordinaria de la fecha, contando con el Dictamen de Ley, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 y sus modi fi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa y aprobación del Acta de la fecha. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE PRIORIDAD PÚBLICA REGIONAL LA POLÍTICA MULTISECTORIAL LA IMPORTANCIA DE PREVENIR Y REDUCIR LA ANEMIA EN TIEMPOS DE COVID-19 EN GESTANTES, LACTANTES, MADRES LACTANTES, NIÑAS Y NIÑOS MENORES DE 36 MESES Y LA DESNUTRICIÓN CRÓNICA EN NIÑAS Y NIÑOS MENORES DE 5 AÑOS EN LA REGIÓN ICA Artículo Primero.- OBJETO, “Compartir acciones con los Gobiernos Locales, entidades Publica y Privadas para prevenir y reducir la anemia ante La llegada de la COVID–19 que ha provocado que muchos hogares enfrenten una caída importante en sus ingresos. Esta situación no solo ha generado un aumento de la pobreza monetaria en el país, sino también está impactando severamente el desarrollo de las niñas, niños, adolescentes, gestantes, lactantes, madres lactantes y por lo que resulta necesario adoptar medidas de protección social”. Artículo Segundo.- DECLARAR, como “PRIORIDAD PÚBLICA REGIONAL LA POLÍTICA MULTISECTORIAL LA IMPORTANCIA DE PREVENIR Y REDUCIR LA ANEMIA EN TIEMPOS DE COVID-19 EN GESTANTES, LACTANTES, MADRES LACTANTES, NIÑAS Y NIÑOS MENORES DE 36 MESES Y LA DESNUTRICIÓN CRÓNICA EN NIÑAS Y NIÑOS MENORES DE 5 AÑOS EN LA REGIÓN ICA”. Artículo Tercero.- CONFORMAR y RECONOCER el “Comité Regional para el Desarrollo Infantil y Social”; el cual estará conformada por: Presidente : Gobernador Regional o su Representante Secretaria Técnica : Gerente Regional de Desarrollo Social o su Representante Gobiernos Locales : Alcalde Provincial – Distrital o su Representante. Miembros: - Gerente General Regional - Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - Director Regional de Salud- Director Regional de Educación- Director Regional de Producción.- Director Regional de Agricultura.- Prefectura – Sub Prefectura.- Coordinador(a) Territorial FED – MIDIS.- Coordinador(a) de Enlace - MIDIS- Jefe Territorial del Programa CUNA MAS- Jefe Territorial del Programa QALIWARMA- Jefe Territorial del Programa PENSIÓN 65.- Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza.- Defensoría del Pueblo.- Jefe de la Unidad Territorial del RENIEC.- Instituto Nacional de Estadísticas e Informática.- Organizaciones no Gubernamentales.- Universidades Públicas y Privadas.- Colegios Profesionales. Artículo Cuarto.- PROMOVER, el “Plan Regional de Lucha Contra la Anemia y Desnutrición Crónica Infantil en la Región Ica 2022-2025”, con la fi nalidad de asegurar el logro de las metas establecidas en la Región Ica.