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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2022 (26/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de enero de 2022 El Peruano / municipalidades distritales que conforman la provincia de Lima, a través de sus órganos y unidades orgánicas competentes; así como toda persona natural o jurídica de derecho público o privado en el ámbito de la provincia de Lima. TÍTULO II ECOSISTEMAS EN LA PROVINCIA DE LIMA Artículo 3. Ecosistemas presentes en la provincia de Lima. De conformidad con lo establecido en el Mapa Nacional de Ecosistemas aprobado por la Resolución Ministerial N° 440-2018-MINAM, los ecosistemas presentes en la provincia de Lima son los siguientes: 1. Desierto costero: Ecosistema árido a hiperárido con áreas mayormente desprovistas de vegetación que están constituidas por suelos arenosos o con afl oramientos rocosos que ocupan super fi cies planas, onduladas y disectadas sometidas a erosión eólica. Se extiende desde las playas y acantilados marinos hasta las primeras estribaciones de las vertientes occidentales, pudiendo ocupar extensiones signi fi cativas. Algunas formaciones vegetales notables son las tillandsiales (rosetales), zona de cactáceas (columnares, postrados y globulares), matorrales, matorrales bajos espinosos, quebradas secas, entre otros. 2. Humedal costero: Son extensiones o super fi cies cubiertas o saturadas de agua, bajo un régimen hídrico natural o arti fi cial, permanente o temporal, dulce, salobre o salado, y que albergan comunidades biológicas características y se hallan a lo largo del litoral costero y marítimo. Son considerados humedales costeros los manglares, lagunas, estuarios, albuferas, deltas, oasis y pantanos. 3. Loma costera: Ecosistema costero de desierto, conocido como “oasis de vegetación de neblinas”, que corresponde a formaciones vegetales xeró fi las efímeras que incluyen herbáceas, con árboles dispersos en algunos casos y ricas en endemismos vegetales, que estacionalmente cubren extensas zonas desérticas en las colina y lomadas medianas expuestas a neblinas invernales, elevada humedad relativa por encima de 80% y la captación de gotas de agua por la vegetación arbustiva. Contiene muchas herbáceas que son parientes silvestres de plantas cultivadas: papa, tomate ( Solanum spp.) y calabazas ( Sicyos spp. ). 4. Matorral andino: Ecosistemas andino que se caracteriza por la presencia de vegetación leñosa y arbustiva de composición y estructura variable. Incluye formaciones de cactáceas o cardonales distribuidos de manera dispersa. 5. Río: Es una corriente natural de agua de profundidad y tamaño variable que normalmente fl uye con continuidad; se puede ubicar sobre relieves planos o de suave pendiente hasta relieves extremadamente accidentados y de altas pendientes. Posee un caudal determinado que rara vez es constante o regular a lo largo del año, y vierte sus aguas en el mar. En el caso de las áreas verdes, estas se encuentran reguladas por la Ordenanza N° 1852, Ordenanza para la conservación y gestión de áreas verdes en la provincia de Lima, que establece el marco normativo y lineamientos generales que rige la gestión de áreas verdes en la provincia de Lima. Artículo 4. Medidas para el fortalecimiento de la conservación de los ecosistemas en la provincia de Lima. Son medidas para el fortalecimiento de la conservación de los ecosistemas, las siguientes: 1. Propiciar la coordinación interinstitucional y las acciones articuladas entre la Municipalidad Metropolitana de Lima, las municipalidades distritales de la provincia de Lima, otras municipalidades provinciales limítrofes y las autoridades competentes en la materia, con la fi nalidad de contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica. 2. Incluir la información geográ fi ca de los ecosistemas de la provincia de Lima, en los instrumentos de gestión y/u otras herramientas en el ámbito de competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima, tales como: el Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano, el Sistema de Información Territorial, entre otros; de acuerdo con lo establecido en el Mapa Nacional de Ecosistemas vigente, la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles, e información complementaria como el Mapa de Ecosistemas para Lima, el Inventario Nacional de Humedales, entre otros. 3. Fortalecer, difundir y promover la importancia de los ecosistemas, a fi n de sensibilizar a la ciudadanía sobre las funciones y servicios ecosistémicos, así como generar acciones conjuntas para contribuir a su manejo sostenible, conservación y mejora. 4. Promover el turismo sostenible como una herramienta de desarrollo económico local que contribuya a la conservación de los ecosistemas, en alianza con instituciones públicas, privadas y organizaciones de sociedad civil. 5. Promover iniciativas que contribuyan a la conservación de los ecosistemas, con enfoque de mitigación y adaptación basada en ecosistemas, tales como los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos, proyectos de infraestructura natural, acciones de recuperación y rehabilitación de ecosistemas y soluciones basadas en la naturaleza. 6. Fomentar el desarrollo de instrumentos de protección y conservación de los ecosistemas, tales como Áreas de Conservación Regional (ACR) y Áreas de Conservación Privada (ACP) en el marco del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; así como Áreas de Conservación Ambiental (ACA) en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades; entre otros. 7. Promover el desarrollo de la investigación ambiental sobre los ecosistemas y gestionar la información y el conocimiento que se genere de ello. 8. Fomentar la aplicación y cumplimiento del Protocolo de Actuación Interinstitucional para Gestionar y Proteger los ecosistemas incluidos en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles, ubicados en la provincia de Lima. Artículo 5. Importancia de los ecosistemas. De acuerdo con el Reglamento de la Ley N° 30215, Ley de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MINAM, los ecosistemas son importantes debido a que su buen funcionamiento produce diversos servicios ecosistémicos representados en bene fi cios económicos, sociales y ambientales, directos e indirectos para las personas. TÍTULO III AUTORIDADES INVOLUCRADAS Artículo 6. Autoridades locales. La promoción del fortalecimiento de la conservación de los ecosistemas de la provincia de Lima está a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de las municipalidades distritales; las cuales, a través de sus órganos competentes y en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, coordinan acciones para la protección y conservación del ambiente. La Municipalidad Metropolitana de Lima establece disposiciones para regular la organización del espacio físico y uso de suelo, así como sobre protección y conservación del ambiente en la provincia de Lima. Artículo 7. Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima. La Municipalidad Metropolitana de Lima articula y desarrolla acciones que promueven la conservación de los ecosistemas, a través de sus órganos, unidades orgánicas, órganos descentralizados y empresas municipales, en coordinación con las municipalidades distritales y otras instituciones con competencia en la materia.