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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2022 (27/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Jueves 27 de enero de 2022 El Peruano / LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR” aprobado mediante Decreto de Alcaldía N° 002-2021-MDP/A de fecha 18 de enero del 2021, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 6° .- Integrantes (. . .) Numeral 6.7. un (01) representante del Poder Judicial, quien es designado por la Corte Superior de Justicia de la jurisdicción (Lima Sur). Numeral 6.8. un (01) representante del Ministerio Público, quien será designado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de la Jurisdicción (Lima Sur). Artículo Segundo .- INCLUIR el numeral 6.12. en el artículo 6° del Reglamento Interno de la “INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR” aprobado mediante Decreto de Alcaldía N° 002-2021-MDP/A de fecha 18 de enero del 2021, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 6°.- Integrantes (. . .) Numeral 6.12. Un (01) representante de la Organización No Gubernamental ONG “CARE Perú” - Centro de Atención y Reparación Express, Lima. Artículo Tercero .- MODIFICAR el artículo 15° primer párrafo del Reglamento Interno de la “INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR” aprobado mediante Decreto de Alcaldía N° 002-2021-MDP/A de fecha 18 de enero del 2021, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 15° .- Sesiones La Instancia se reunirá en Sesión Ordinaria, como mínimo una (01) vez de manera trimestral; y en Sesiones Extraordinarias cuantas veces lo requiera la Presidencia y/o sus integrantes lo soliciten. (. . .) Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe Artículo Quinto .- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS PÓMEZ CANO Alcalde 2033185-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 del distrito de Puente Piedra ORDENANZA N° 407-MDPP Puente Piedra, 21 de diciembre de 2021 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza;CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 27933, la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), es un órgano técnico, ejecutivo y de coordinación encargado de proponer al CODISEC la política, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana para su aprobación, así como realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de las acciones aprobadas a nivel distrital. El mismo reglamento señalaba que la Secretaría Técnica del CODISEC será asumida por la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la municipalidad distrital o la que haga sus veces, siendo indelegable, bajo responsabilidad; ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2022 DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero. - APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 del distrito de Puente Piedra, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo. - ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Artículo Tercero. - ENCARGAR a la Subgerencia de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto. - ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del texto de la presente Ordenanza y el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2022 del Distrito de Puente Piedra en el portal web institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 2033976-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Designan funcionario responsable de brindar información de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 018-2022-MDPH Punta Hermosa, 1 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme lo establece el numeral 5) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona, solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en cumplimiento de éste, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM se aprueba su Reglamento, y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM;