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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2022 (29/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Sábado 29 de enero de 2022 El Peruano / Formalizan el acuerdo de la Octogésima Séptima Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios referido a la modificación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 0007-2022-ARCC/DE Lima, 28 de enero de 2022VISTO: El Acta de la Octogésima Séptima Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC), declara como prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión de riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 30556, establece que la ARCC es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; Que, el mencionado Plan fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modi fi catorias; Que, conforme establece el numeral 2.2 del artículo 2 de la Ley Nº 30556, mediante Acuerdo de Directorio de la ARCC, se aprueban las modi fi caciones al Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, las cuales se sujetan al cumplimiento de las reglas fi scales. Dicho Acuerdo es formalizado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva de la ARCC, la misma que se publica en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal web de la ARCC; Que, en atención a la Octogésima Séptima Sesión de Directorio de la ARCC, corresponde emitir la Resolución de Dirección Ejecutiva, a fi n de formalizar el acuerdo de modi fi cación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalización de Acuerdo de Directorio Formalizar el acuerdo de la Octogésima Séptima Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios referido a la modi fi cación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en los siguientes términos: 1.1 Precisar trece (13) intervenciones de los sectores pistas y veredas, red subnacional - caminos, agricultura y saneamiento, intervenciones cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 40 476 493, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 01 de la presente resolución. 1.2 Efectuar el cambio de entidad ejecutora de treinta y ocho (38) intervenciones de los sectores educación, red subnacional - caminos, agricultura, salud, pistas y veredas y saneamiento, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 111 869 724, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 02 de la presente resolución. 1.3 Excluir setenta y cinco (75) intervenciones de los sectores agricultura, pistas y veredas, saneamiento y red subnacional - caminos, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 43 541 997, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 03 de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Disponer que la presente resolución y sus anexos se publiquen en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano Regístrese, comuníquese y publíquese.AMALIA MORENO VIZCARDO Directora EjecutivaAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 2034811-1 AMBIENTE Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI DECRETO SUPREMO Nº 005-2022-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, a través de la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología – SENAMHI, se crea el SENAMHI como Organismo Público Descentralizado del Sector Aeronáutica, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, dentro de los límites del ordenamiento legal del Sector Público; Que, mediante el numeral 1 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se adscribe el SENAMHI como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente; Que, el numeral 40.3 del artículo 40 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados por cada entidad; Que, de conformidad con los numerales 44.1 y 44.5 del artículo 44 del citado TUO, el TUPA es aprobado o modi fi cado por Decreto Supremo del Sector; y una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.2 del artículo 5 de los Lineamientos y formatos para elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados por Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, es un supuesto para la aprobación o modi fi cación del TUPA cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2010-MINAM, se aprueba el TUPA del SENAMHI, siendo modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 389-2014-MINAM, Nº 312-2016-MINAM, Nº 394-2016-MINAM, Nº 216-2017-MINAM, y Nº 380-2018-MINAM; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1203, se crea el Sistema Único de Trámites (SUT) como herramienta