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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2022 (29/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 29 de enero de 2022 El Peruano / INTERIOR Designan Directora de la Dirección de Ejecución de Políticas de Seguridad Ciudadana RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0105-2022-IN Lima, 28 de enero de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Ejecución de Políticas de Seguridad Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Viceministerio de Seguridad Pública del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora ROSSANA BEATRIZ ACUÑA DELGADO en el cargo de Directora de la Dirección de Ejecución de Políticas de Seguridad Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Viceministerio de Seguridad Pública del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.AVELINO TRIFÓN GUILLÉN JÁUREGUI Ministro del Interior 2034806-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Modifican la R.M. Nº 0265-2021-JUS, que delegan facultades en diversos funcionarios del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0015-2022-JUS Lima, 28 de enero de 2022 VISTOS, el Informe Nº 0016-2022-JUS/OGA, de la Ofi cina General de Administración; y, el Informe Nº 054- 2022-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los (las) Ministros (as) de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señala que el (la) Ministro (a) de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y ejecutiva del Ministerio, estableciendo que puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, tiene por fi nalidad defi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como de fi nir su estructura orgánica hasta el tercer nivel; Que, con Resolución Ministerial Nº 0265-2021- JUS, se delegó facultades en el (la) Viceministro (a) de Justicia, en el (la) Viceministro (a) de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, en el (la) Secretario (a) General, en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Administración, en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Recursos Humanos, en el (la) Jefe (a) de la Oficina de Abastecimiento y en el (la) Jefe (a) de la Oficina de Gestión de Inversiones, vigentes a partir del 1 de enero del año 2022; Que, con Resolución Ministerial Nº 109-2021- EF/43, se aprueba la Directiva Nº 003-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco de la Ley Nº 29806”, estableciéndose como facultades que pueden ser delegadas la señalada en el numeral 6.1.9, referente a informar a la Unidad Transitoria de Pago – UTP, si el Personal Altamente Cali fi cado – PAC deja de prestar servicios en el Sector antes del vencimiento de su contrato; y, la indicada en el numeral 5.3.2, sobre la remisión de la solicitud de pago a la Unidad Transitoria de Pago; Que, con Resolución Ministerial Nº 118-2021-EF/43, se aprueba la Directiva Nº 004-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”, cuyo numeral 5.1.1 señala que la selección de cada Consultor FAG es de entera responsabilidad del Titular de la Entidad receptora o del funcionario que cuente con la delegación de las funciones correspondientes; y, su numeral 7.2 dispone que es responsabilidad del Titular de la Entidad o del funcionario que cuente con delegación de funciones, informar a la Unidad Transitoria de Pago – UTP si el Consultor FAG deja de prestar servicios en la Entidad receptora; Que, con O fi cio Circular Nº 007-2021-EF/43.07, la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas señala que la delegación de facultades debe especi fi car las funciones que se delegan en el marco del Decreto Ley Nº 25650; Que, asimismo, con Informe Nº 0016-2022-JUS/OGA, la Ofi cina General de Administración propone modi fi car el literal l) del numeral 3.2 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0265-2021-JUS, a fi n de delegar la facultad de modi fi cación del Cuadro Multianual de Necesidades, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 27.3 del artículo 27 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01; Que, en ese sentido, se considera conveniente modificar los literales d) y e) del numeral 2.1 del artículo 2 y el literal l) del numeral 3.2 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0265-2021-JUS, a fin de adecuarlos a lo dispuesto en la Directiva Nº 003-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco de la Ley Nº 29806” y en la Directiva Nº 004-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”; así como, para atender la solicitud efectuada por la Oficina General de Administración; Con el visado de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Directiva Nº 003-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la