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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (12/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Sábado 12 de febrero de 2022 El Peruano / regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 39, de la Ley 27972, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; siendo competencia del concejo aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, en concordancia con el numeral 8 del artículo 9 de la Ley 27972; Que, mediante Resolución Nº 0591-2021/SEL- INDECOPI, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, con fi rma la declaración de barrera burocrática ilegal efectuada con Resolución Nº 0027-2021/CEB-INDECOPI, referido a la prohibición de exhibición de productos de tabaco en lugares de atención al público donde accedan menores de dieciocho años, materializada en el inciso c) del artículo 8, de la Ordenanza 007-2017-MDMM. Y dispone que en el plazo no mayor de un mes la municipalidad informe las medidas adoptadas; Que, en ese sentido resulta necesario aprobar una norma municipal que modi fi que la Ordenanza Nº 007-2017- MDMM, como parte de las medidas adoptadas por esta comuna, en concordancia con lo solicitado por INDECOPI; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorando N° 989-2021-GPP-MDMM, de fecha 25 de noviembre de 2021, emitió Opinión Técnica favorable al Proyecto de Ordenanza que propone modi fi car el inciso c), del artículo 8° de la Ordenanza N° 007-2017-MDMM, que aprueba el régimen de prevención y control de los riesgos del consumo de tabaco (en adelante PROYECTO); Que, la Subgerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, mediante Informe N° 300-2021-SGCADE-GDUO-MDMM, de fecha 15 de diciembre de 2021, emitió Opinión Técnica favorable al PROYECTO; Que, la Subgerencia de Fiscalización, Control Sanitario y Sanciones de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, mediante Informe N° 565-2021-SGFCSS-GCSC-MDMM, de fecha 21 de diciembre de 2021, emitió Opinión Técnica favorable al PROYECTO; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 18-2022-GAJ-MDMM, de fecha 13 de enero de 2022, emitió Opinión Legal favorable al PROYECTO; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con la dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL INCISO C) DEL ARTÍCULO 8, DE LA ORDENANZA Nº 007-2017-MDMM, QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS DEL CONSUMO DE TABACO Artículo Único.- MODIFICACIÓN MODIFÍQUESE el inciso c) del artículo 8, de la Ordenanza Nº 007-2017-MDMM, que aprueba el régimen de prevención y control de los riesgos del consumo de tabaco, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 8.- Se prohíbe: (…)c. La publicidad de productos de tabaco en lugares de atención al público donde accedan menores de edad. (…)” DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS, MODIFICATORIAS Y FINALES Primera.- FACULTAR al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.Segunda.- DISPONER que la Procuraduría Pública Municipal cumpla con comunicar la presente Ordenanza a Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, a fi n de que tome conocimiento de las medias adoptadas. Tercera.- DISPONER que la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico publique en el portal institucional (https://www.munimagdalena.gob.pe/) la presente Ordenanza, y Secretaria General cumpla con publicarla en el Diario O fi cial El Peruano. Cuarta.- ESTABECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOMAGNO CHACON GOMEZ Alcalde 2036915-1 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Pucusana RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 021-2022-AL/MDP Pucusana, 04 de febrero de 2022LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA VISTO: El Informe Nº 027-2022-SGTIYS-GM/MDP de fecha 03 de febrero de 2022 de la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas y el Memorándum Nº 075-2022-GM/MDP de fecha 03 de febrero de 2022 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública y mediante el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM se aprueba su Reglamento, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº070-2013-PCM. Que, el artículo 5º del T.U.O. de la Ley Nº 27806, Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública dispone que la entidad pública deberá identi fi car al funcionario Responsable de la elaboración de los Portales de Internet. Que, el artículo 4º del Reglamento de la precitada Ley establece que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 372-2021- AL/MDP de fecha 30 de diciembre de 2021, se resolvió designar a partir del día 01 de enero de 2022 al Bach.